Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 1995 (Tesis num. P. XVI/95 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-1995 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | P. XVI/95 |
Fecha de publicación | 01 Junio 1995 |
Fecha | 01 Junio 1995 |
Número de registro | 200364 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; I, Junio de 1995; Pág. 34 |
Emisor | Pleno |
Materia | Común,Constitucional |
Es verdad que una vez integrada jurisprudencia por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a la constitucionalidad de una ley federal, local o del Distrito Federal o un tratado internacional, la competencia para conocer de los recursos de revisión pasará a los Tribunales Colegiados de Circuito, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 12, fracción VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; sin embargo, cuando se formulen nuevos alegatos tendientes a demostrar la inconstitucionalidad de algún precepto ya declarado constitucional en jurisprudencia firme, por motivos distintos a los examinados, se está en el caso de analizar de nueva cuenta, la constitucionalidad del mismo precepto, a la luz del nuevo alegato, y como este análisis sólo puede efectuarlo el Tribunal Pleno, es evidente que se surte su competencia.
Amparo en revisión 1134/92. R.U.V.. 10 de abril de 1995. Unanimidad de nueve votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: M.G.S.Z..
El Tribunal Pleno en su sesión privada celebrada el primero de junio en curso, por unanimidad de diez votos de los señores Ministros Presidente J.V.A.A., S.S.A.A., M.A.G., J.V.C. y C., J.D.R., J. de J.G.P., G.I.O.M., H.R.P., O.M.S.C. y J.N.S.M.; aprobó, con el número XVI/95 (9a.) la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a primero de junio de mil novecientos noventa y cinco.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 30-01-2004 (AMPARO EN REVISIÓN 29/2004)
...de nueva cuenta, la constitucionalidad del mismo precepto, a la luz de los nuevos conceptos de violación.’ - - - Y la tesis número P. XVI/95, publicada en la página 34, tomo I, Junio de 1995, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro y texto son: - - - ‘CO......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-02-2004 (AMPARO EN REVISIÓN 35/2004)
...CUANDO EN LA DEMANDA SE PLANTEAN CONCEPTOS DE VIOLACIÓN SUSTANCIALMENTE DISTINTOS A LOS EXAMINADOS.’ (Transcribe).- - - Y la tesis número P. XVI/95, publicada en la página 34, tomo I, Junio de 1995, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro y texto son:- -......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-11-2003 (AMPARO EN REVISIÓN 1026/2003)
...EN LA DEMANDA SE PLANTEAN CONCEPTOS DE VIOLACIÓN SUSTANCIALMENTE DISTINTOS A LOS EXAMINADOS’. (se transcribe).--- Así como la tesis número P. XVI/95, publicada en la página 34, tomo I, Junio de 1995, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro y texto son:--......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-10-2003 (AMPARO EN REVISIÓN 623/2003)
...de nueva cuenta, la constitucionalidad del mismo precepto, a la luz de los nuevos conceptos de violación’.--- Así como la tesis número P. XVI/95, publicada en la página 34, tomo I, Junio de 1995, Novena época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyo rubro y texto son: --- ‘......