Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Mayo de 1996 (Tesis num. P. LXXVI/96 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-05-1996 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | P. LXXVI/96 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1996 |
Fecha | 01 Mayo 1996 |
Número de registro | 200119 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; III, Mayo de 1996; Pág. 53 |
Emisor | Pleno |
Materia | Constitucional,Administrativa |
Si los capitales constitutivos son contribuciones en los términos del artículo 31, fracción IV constitucional, ha de considerarse que su fijación por el artículo 45 de la Ley del Seguro Social, no viola la garantía de previa audiencia, ya que las contribuciones son prestaciones unilaterales y obligatorias que fija el Estado, de manera que la audiencia que se puede otorgar es siempre posterior a la aplicación del tributo, que es cuando existe la posibilidad de que los que se consideren afectados puedan impugnar el monto y cobro correspondiente. Por tal razón, basta que la Ley del Seguro Social prevea en su artículo 274 el derecho a combatir la fijación de la contribución, una vez que ha sido determinada, para que en materia hacendaria se cumpla el derecho fundamental de audiencia, consagrado por el artículo 14 constitucional.
Amparo directo en revisión 1775/94. Industrial M.L., S.A. de C.V. 4 de enero de 1996. Unanimidad de once votos. Ponente: J.D.R.. Secretario: A.S.G.B..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el trece de mayo en curso, aprobó, con el número LXXVI/1996, la tesis que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. México, Distrito Federal, a trece de mayo de mil novecientos noventa y seis.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-01-2014 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3513/2013)
...OMITIDAS Y FORMULARÁ LA CÉDULA DE LIQUIDACIÓN CORRESPONDIENTE, NO TRANSGREDE LA GARANTÍA DE AUDIENCIA”. Así como la tesis aislada número P. LXXVI/96 del Pleno de este Alto Tribunal, de rubro: “CAPITALES CONSTITUTIVOS. EL ARTÍCULO 45 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, QUE LOS FIJA, NO VIOLA LA GAR......
-
Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 547 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))
...J.D.R.: A.S.G.B.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 53, Pleno, tesis P. LXXVI/96....