Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Agosto de 2000 (Tesis num. P. CXI/2000 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-08-2000 (Tesis Aisladas))

Número de registro191430
Número de resoluciónP. CXI/2000
Fecha de publicación01 Agosto 2000
Fecha01 Agosto 2000
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XII, Agosto de 2000; Pág. 104
EmisorPleno
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal

La interpretación sistemática de lo dispuesto en los artículos 33, 35 y 39 de la Ley Federal de Competencia Económica, permite llegar a la convicción de que el recurso de reconsideración contra las "resoluciones" dictadas por la Comisión Federal de Competencia sólo procede contra la que culmina el procedimiento administrativo previsto en el citado artículo 33, que es la que define, cierra o da certeza a la situación jurídica constituida por la serie de actos desarrollados por la administración con intención indagatoria; por tanto, es inconcuso que el artículo 52 del citado reglamento, al disponer que el recurso en mención únicamente procede "contra las resoluciones que pongan fin a un procedimiento", no rebasa lo dispuesto en la ley que reglamenta.

Amparo en revisión 643/99. W. Bros. (México), S.A. 15 de mayo de 2000. Unanimidad de diez votos. Ausente: Presidente G.D.G.P.. Ponente: J.D.R.. Secretario: J.L.R.C.M..


El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy once de julio en curso, aprobó, con el número CXI/2000, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a once de julio de dos mil.



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