Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro257913
MateriaPenal
EmisorPleno

El artículo 108 de la Ley General de Población dice que: "Se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión y multa hasta de diez mil pesos a los enganchadores, agentes y en general, a todos los que por cuenta propia o ajena pretendan llevar o lleven trabajadores mexicanos al extranjero sin autorización previa de la Secretaría de Gobernación". Este artículo pena el hecho de llevar o pretender hacerlo al extranjero a trabajadores mexicanos; de donde aparece que si los inculpados no tuvieron nunca la intención de pasar a los ofendidos a otro país, sino sólo les hicieron creer eso con la intención de obtener un lucro indebido, se trata, por tanto, sólo del delito de fraude del orden común y no de la violación a la Ley General de Población de carácter federal, y la competencia por tanto no corresponde a los Jueces Federales.

Competencia 19/62. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de San Miguel Allende, Guanajuato y el Juez de Distrito en Guanajuato. 10 de septiembre de 1963. Unanimidad de veinte votos. Ponente: A.M.A..



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