Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro284030
EmisorPleno
MateriaCivil

Los conflictos que surjan con motivo del contrato de comisión mercantil, tienen que regirse por las prevenciones del Código de Comercio, y no por las del artículo 123 constitucional, que está destinado exclusivamente para los que surjan con motivo de los contratos de trabajo; por lo que los laudos que las Juntas de Conciliación y Arbitraje pronuncien, resolviendo tales conflictos, importan una violación de garantías.

Amparo administrativo en revisión 3970/22. S.S.. 4 de noviembre de 1925. Mayoría de siete votos. Disidente: J.G.V.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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