Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro284445
EmisorPleno
MateriaPenal

Del contexto de la fracción VI, del artículo 20 constitucional, se deduce, de manera clara, que no es forzoso que todos los delitos que se castiguen con pena de más de un año de prisión, se juzguen por el jurado popular, sino que la Constitución ampliamente concede a los Estados la facultad de elegir entre un Juez de derecho o un tribunal de hecho.

Amparo penal en revisión. C.A.. 23 de septiembre de 1924.

Mayoría de siete votos, respecto del primer punto resolutivo, por unanimidad de diez votos, por lo que hace al segundo, y por mayoría de siete votos, por lo que toca al tercer punto resolutivo. Disidentes: S.U., F.M.R., F.D.L., J.G.V., E.G.P. y G.A.V.. La publicación no menciona el nombre del ponente

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