Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro284638
EmisorPleno
MateriaPenal

Este delito existe, aun cuando el que ejerce la violencia, tenga derecho a la propiedad o a la posesión, pues de admitirse la tesis de que quien tuviere tales derechos, tendría el de arrebatar por la violencia la cosa, de una tercera persona, se vendría a la conclusión de que el artículo 17 constitucional era letra muerta; y este artículo estatuye: que no podrá hacerse justicia por sí mismo , ni ejercer violencia para reclamar su derecho; y la ley penal prevé el caso de que el que comete el despojo, sea propietario de la cosa que se hallare en poder de otra persona, y el dueño la ocupare de propia autoridad, en casos en que la ley no lo permita.

Amparo penal en revisión. Trejo L.. 13 de diciembre de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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