Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro287888
EmisorPleno
MateriaPenal

El depósito no confiere al depositario judicial derecho alguno sobre la cosa depositada, por más que ésta pueda ser de su propiedad; y la orden relativa a la devolución de la cosa, no puede reputarse violatoria de garantías.

Amparo penal en revisión. G.C.. 22 de junio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros I.N. y P.S. no votaron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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