Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro312943
EmisorPleno
MateriaPenal

No es necesario dilucidar si el respeto a la administración de justicia constituye o no un bien jurídico de la Federación, defendible en el proceso, para admitir que interesa a esa entidad que dicha administración sea respetable y respetada, ya que tal interés de carácter eminentemente general, debe concretarse en un hecho criminal determinado y tangible que ofenda a la Federación, en sí misma, a su administración, a sus funcionarios, y a los intereses propios que la ley le confía; o en un hecho que caiga dentro de la jurisdicción federal por razón del territorio o por el lugar de ejecución, para que exista el interés directo que la Federación defiende ante los tribunales; por lo que si la intervención de la autoridad judicial de la Federación, ocurre porque, requerida conforme a la ley, no puede excusarse de ejercer sus propias atribuciones, dentro de la normalidad de un procedimiento irreprochable, por cuanto se relaciona a la forma y a los actos de la autoridad judicial, es claro que si las partes, extrajudicialmente y en connivencia fraudulenta, simularon un juicio, este acto punible es extraño por completo a la actuación del respectivo tribunal de Justicia Federal, y deja incólume la respetabilidad, el decoro y la majestad de la administración de justicia de la Federación, y no trayendo consigo la aplicación de ley federal alguna, no puede constituir algo que afecte de manera directa el interés de dicha entidad.

Competencia 386/33. Suscitada entre el Juez Tercero de Distrito del Distrito Federal y la Primera Corte Penal del propio Distrito. 4 de junio de 1934. Mayoría de siete votos. Disidentes: F.B., J.O., J.L.L. y F.H.R.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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