Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 9 de Noviembre de 2018 (Tesis num. I.12o.C.102 C (10a.) de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 09-11-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.C.102 C (10a.)
Fecha de publicación09 Noviembre 2018
Fecha09 Noviembre 2018
Número de registro2018293
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.12o.C.102 C (10a.)

Los acuerdos generales emitidos por el Consejo citado, son medidas para regular la administración interna del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, cuyas disposiciones, tienen una naturaleza jurídica administrativa que no pueden prevalecer frente a la ley, pues en nada tocan el tema jurisdiccional. Ello es así, porque si se contrastan las características de la ley (generalidad, abstracción, impersonal y coercitiva), éstas no están contenidas en los acuerdos, en tanto que surgen y se limitan al ámbito interno y administrativo del tribunal mencionado, por ende, no sustituyen a la norma jurídica positiva. En ese orden de ideas, las reglas contenidas en éstos tienen la finalidad de aplicar puntualmente la ley, en tanto que ésta, por su propia naturaleza, no puede proveer todos los supuestos posibles, por lo que su grado de generalidad y abstracción debe ser amplio y omnicomprensivo; en contraste, las disposiciones de los acuerdos, entendidas eventualmente como reglamentos, tienden a detallar los supuestos previstos en la ley para que la individualización y aplicación del orden jurídico sean claras y efectivas, al complementar y ampliar el contenido de aquélla. Por tanto, aun cuando formalmente...

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