Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 19 de Octubre de 2018 (Tesis num. I.16o.T.3 K (10a.) de Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 19-10-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.16o.T.3 K (10a.)
Fecha de publicación19 Octubre 2018
Fecha19 Octubre 2018
Número de registro2018211
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.16o.T.3 K (10a.)

Conforme al sistema de cumplimiento de las ejecutorias de amparo directo, transcurrido el plazo de 10 días que se otorga a las partes con el informe de la autoridad responsable de que ya cumplió con la ejecutoria, con desahogo de la vista o sin ella, el órgano jurisdiccional declarará si la sentencia está o no cumplida, si se incurrió en exceso o defecto, o si hay imposibilidad para cumplirla. La determinación adoptada por el Tribunal Colegiado de Circuito implica que las partes estén conscientes de las consideraciones que se tomaron en cuenta, las que pueden controvertirse, mediante el recurso de inconformidad; empero, respecto de aquellas que rigen el fallo protector, en modo alguno pueden impugnarse en un nuevo juicio de amparo, pues al ser cosa juzgada, su concepto de violación es inoperante. De lo anterior, se concluye que dicha regla de inamovilidad tiene como excepción el error judicial claro, notorio, preciso y manifiesto, que no puede ser fuente de derecho para alguna de las partes, ya que no debe perderse de vista que para el caso de una decisión errónea, la parte afectada puede interponer el recurso respectivo, empero, ante el error judicial que adquiere relevancia cuando es producto de un razonamiento que no corresponde con la realidad, por haber incurrido el órgano judicial en un error manifiesto en la determinación y selección del material de hecho o del presupuesto sobre el que se asienta su decisión, de manera que es inmediatamente verificable a partir de las actuaciones judiciales y es determinante en la decisión adoptada por el Juez por constituir su soporte único o básico, lo que tiene a su alcance es un nuevo juicio de...

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