Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 24 de Febrero de 2017 (Tesis num. VI.1o.A.100 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 24-02-2017 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVI.1o.A.100 A (10a.)
Fecha de publicación24 Febrero 2017
Fecha24 Febrero 2017
Número de registro2013754
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.1o.A.100 A (10a.)

El acceso al agua es un derecho humano que implica para el Estado el deber de proporcionar agua potable sin distinción alguna y con capacidad de respuesta a los sectores más vulnerables, para garantizar su sobrevivencia y desarrollo económico y social. Por su parte, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas, en su Observación General Número 15 (2002), determinó que el Estado debe garantizar el acceso a la cantidad esencial mínima de agua, suficiente y apta para el uso personal y doméstico y para prevenir enfermedades. De esto se sigue que éste debe abstenerse de realizar cualquier práctica o actividad que restrinja o niegue el acceso al agua potable indispensable a cualquier persona (mínimo vital), siempre y cuando sea para uso personal y doméstico. Sin embargo, el servicio público de suministro de agua tiene un carácter oneroso y está fundado en la solidaridad de los usuarios; de ahí que la facultad de suspenderlo por falta de pago constituye una herramienta que el artículo 99 de la Ley del Agua para el Estado de Puebla, otorga al Estado para que esté en aptitud de proporcionar el líquido vital. Por tanto, a fin de conciliar estos factores, cuando el agua es para uso personal y doméstico y hay falta de pago del usuario de la toma, la autoridad no puede suspender su suministro de forma total y absoluta, como una medida de primera mano, sino que debe reducirlo y proveer una cantidad mínima indispensable para que el usuario pueda solventar sus necesidades básicas, lo cual no implica que resulte gratuita. A partir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR