Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 30 de Septiembre de 2014 (Tesis num. I.7o.P.26 P (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 12-09-2014 (Tesis Aisladas))

Número de registro2007449
Número de resoluciónI.7o.P.26 P (10a.)
Fecha de publicación30 Septiembre 2014
Fecha30 Septiembre 2014
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2591. I.7o.P.26 P (10a.).
MateriaPenal,Derecho Penal

Conforme a la tesis 1a. CXCI/2013 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XXI, Tomo 1, junio de 2013, página 604, de rubro: "ROBO CON VIOLENCIA MORAL. EL ARTÍCULO 225, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL QUE LO PREVÉ, NO VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY EN MATERIA PENAL EN SU VERTIENTE DE MANDATO DE TAXATIVIDAD.", en relación con el artículo 225, fracción I, del Código Penal para el Distrito Federal, la violencia moral desvía la voluntad de la víctima, al propiciar que pierda la capacidad de resistir u oponerse a la acción violenta; luego, al constituir aquélla la forma de comisión en el delito de robo y tener como fin amedrentar a la víctima y vencer su resistencia al desapoderamiento, si tal amago no logra intimidarla, porque ante la actitud violenta del autor o autores del ilícito, se opuso a que le robaran, incluso se defendió y golpeó al...

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