Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 31 de Octubre de 2012 (Tesis num. I.7o.P.6 P (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-10-2012 (Tesis Aisladas))

Número de registro2001853
Número de resoluciónI.7o.P.6 P (10a.)
Fecha de publicación31 Octubre 2012
Fecha31 Octubre 2012
Localizador [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XIII, Octubre de 2012; Tomo 4; Pág. 2396. I.7o.P.6 P (10a.).
MateriaPenal,Derecho Penal

Del análisis sistemático de los preceptos de referencia, se advierte una aparente contradicción en lo relativo a la competencia de los Juzgados Penales de Delitos No Graves y los antes Juzgados de Paz Penal, pues mientras el primer numeral dispone que éstos conocerán en procedimientos sumarios de los delitos o infracciones penales que tengan sanción no privativa de libertad, prisión o medida de seguridad hasta de cuatro años, el segundo establece la competencia de aquéllos precisamente respecto de delito no grave, así definido por la ley. En ese sentido, para determinar cuál es la ley aplicable que resolverá dicha situación, al considerar que ambas regulan la misma materia, y que se encuentran en el mismo nivel jerárquico y ámbito espacial de vigencia, debe atenderse a las reformas al primer ordenamiento de diez de septiembre de dos mil nueve y dieciocho de marzo de dos...

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