Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 31 de Mayo de 2013 (Tesis num. 2a. XLIX/2013 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2013 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. XLIX/2013 (10a.)
Fecha de publicación31 Mayo 2013
Fecha31 Mayo 2013
Número de registro2003516
Localizador [TA] ; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XX, Mayo de 2013; Tomo 1; Pág. 981. 2a. XLIX/2013 (10a.).
EmisorSegunda Sala
MateriaComún,Penal,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Si las constancias del proceso penal federal revelan que el Consejo de la Judicatura Federal intervino sólo para cumplir con una cuestión estrictamente en el ámbito administrativo, como sucede cuando el Juez de Distrito intercambia comunicación oficial estadística con aquél, respecto a los bienes que tiene asegurados o el destino que les dio o les va a dar, resulta claro que en este supuesto tal ente no está vinculado materialmente al proceso. En consecuencia, si llegado el momento, el juzgador decreta que el numerario afecto causó abandono a favor del Gobierno Federal y lo pone a disposición del SAE, conforme al procedimiento regulado en los artículos 182-G y 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales, a dicho Consejo le resulta la calidad de tercero extraño a juicio y está legitimado para acudir al juicio de amparo indirecto a defender sus intereses patrimoniales, al no haber tenido la oportunidad de ser oído, lo que podrá hacer en el término de quince días, acorde con el artículo 21 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 2 de abril de 2013.

Amparo en revisión 762/2012. Consejo de la Judicatura Federal. 13 de marzo de 2013. Cinco votos; votó con salvedad J.F.F.G.S.. Ponente: A.P.D.. Secretario: J.A.M.G..

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