Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 31 de Agosto de 2015 (Tesis num. IV.1o.A.27 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 21-08-2015 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2009810 |
Número de resolución | IV.1o.A.27 A (10a.) |
Fecha de publicación | 31 Agosto 2015 |
Fecha | 31 Agosto 2015 |
Localizador | [TA] ; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 21, Agosto de 2015; Tomo III ; Pág. 2553. IV.1o.A.27 A (10a.). |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, antepenúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, tratándose de la contestación a la ampliación de la demanda, se deberán adjuntar también los documentos previstos en las fracciones I a V del propio numeral, entre los que se encuentran las pruebas documentales que se ofrezcan. Por tanto, es hasta ese momento cuando la autoridad administrativa está en condiciones de exhibir las pruebas que estime pertinentes para acreditar los hechos planteados en la ampliación, sin que con ello se genere un estado de indefensión a la actora, ya que está en aptitud de conocer su contenido y rebatir el alcance probatorio en el juicio respectivo. Además, si con motivo de la valoración la sentencia le resultara adversa, puede controvertirla mediante el juicio de amparo directo.
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