¿Al término de un contrato de trabajo por tiempo determinado qué conceptos se deben entregar al trabajador?

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Laboro como contador en una empresa. En próximos días, se terminará el contrato de tres meses de uno de los trabajadores de producción que suplía la incapacidad de otro trabajador, por lo que estamos elaborando su finiquito correspondiente; sin embargo, ignoro cuáles son las prestaciones que le debemos entregar.

Lector de Torreón, Coahuila

Pregunta

¿Al término de un contrato de trabajo por tiempo determinado qué conceptos se deben entregar al trabajador?

Respuesta

De acuerdo con el artículo 53, fracción III , de la LFT, la conclusión de la vigencia de un contrato de trabajo es considerada como una causa de terminación de la relación laboral; por tanto, no se puede estimar como un despido justificado o injustificado, por ello, sólo se debe entregar al trabajador su finiquito, que consiste en calcular de manera proporcional al tiempo laborado las prestaciones siguientes:

1. Vacaciones. El artículo 77 de la LFT precisa que los trabajadores de temporada tendrán derecho a un periodo anual de vacaciones en proporción al número de días trabajados.

2. Prima vacacional. El artículo 80 de la misma ley señala el derecho de los trabajadores a una prima no menor de 25% del salario correspondiente al periodo de vacaciones.

3. Aguinaldo. Según el artículo 87, segundo párrafo, de la LFT, los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieran trabajado.

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