Tercera Resolución de modificaciones a las RGCE para 2017. Se publica en el DOF

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El pasado 8 de diciembre, la SHCP dio a conocer en el DOF la " Tercera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2017 y sus anexos 1, 1-A, 10, 12, 14, 17, 21, 22, 27, 28 y 30", misma que entró en vigor el 9 de diciembre de 2017, con excepción de lo siguiente:

1. Las modificaciones a las reglas 4.5.9, primer párrafo, 4.5.31, fracción XIX, segundo párrafo, y los resolutivos cuarto, sexto, séptimo, octavo, noveno, fracción II, incisos a y b, décimo primero y décimo segundo, entrarán en vigor el 3 de diciembre de 2017.

2. El resolutivo noveno, fracción II, inciso c, entrará en vigor el 31 de enero de 2018.

La resolución modifica las siguientes reglas: 1.2.4, primer, séptimo y décimo párrafos; 1.3.3, fracciones VI, XXV, XXXI, XXXIII; apartado A, segundo párrafo; apartado B, segundo párrafo; y segundo párrafo; 1.3.4, segundo párrafo; 1.3.7, segundo párrafo; 4.3.7, primer párrafo; 4.5.9, primer párrafo; 4.5.31, fracción XIX, segundo párrafo; 7.1.3, segundo párrafo; y 7.3.1, segundo párrafo; estas modificaciones tienen por objeto incorporar la autorización de trámites ante la Administración Central de Investigación Aduanera (ACIA) de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2017.

Asimismo, se adicionan las reglas 3.3.17, relativa a la donación de mercancías en casos de desastres naturales, y 1.4.14, referente a la autorización para la designación, ratificación y publicación de patente de agente aduanal por sustitución.

También se modifican los siguientes anexos:

1. Anexo 1 "Formatos de comercio exterior".

2. Anexo 1-A "Trámites de comercio exterior".

3. Anexo 10 "Sectores y fracciones arancelarias".

4. Anexo 12 "Mercancías de las fracciones de la TIGIE que procede su exportación temporal".

5. Anexo 14 "Fracciones arancelarias para la importación o exportación de hidrocarburos, productos petrolíferos, productos petroquímicos y azufre".

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6. Anexo 17 "Mercancías por las que no procederá el tránsito internacional por territorio nacional".

7. Anexo 21 "Aduanas...

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