DECRETO QUE DECLARA EL TERCER SABADO DEL MES DE DICIEMBRE DE CADA AÃO, COMO DIA DEL MIGRANTE NAYARITA
Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Poder Legislativo.- Nayarit.
ROBERTO SANDOVAL CASTAÑEDA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y
Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:
Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:
DECRETO
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit
El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit rrrrepresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta epresentado por su XXX Legislatura, decreta
Declarar el tercer sábado del mes de diciembre de cada año, como “Día del Migrante Nayarita”
Legislatura, declara el “Día del Migrante Nayarita”, mismo que deberá celebrarse el tercer sábado del mes de diciembre de cada año.
D A D O en la Sala de Sesiones “Lic. Benito Juárez García” recinto oficial del Honorable
Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, en Tepic, su Capital, a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos mil trece.
Dip. Fernando Ornelas Salas, Presidente.-
Rúbrica.-
Dip. María Dolores Porras
Domínguez, Secretaria.-
Rúbrica.-
Dip. Pedro Tello García, Secretario.-
Rúbrica.
Y en cumplimiento a lo dispuesto en la Fracción II del Articulo 69 de la Constitución
Política del Estado y para su debida observancia, promulgo el presente Decreto en la
Residencia del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba