Por qué es tan importante la reforma penal

AutorGerardo Laveaga
Páginas16-18

Page 17

Algunas de las experiencias más frustrantes que he tenido en mi vida profesional se dieron durante mi gestión como Director General del Ministerio Público en lo Familiar y Civil de la procuraduría capitalina. En una ocasión, una persona denunció el maltrato que sufría un grupo de niños a los que su vecino golpeaba de manera inmisericorde.

Apoyándome en el artículo 16 de la Constitución, que señala la forma en que debe proceder una autoridad en casos urgentes, ordené a la policía a mi mando que entrara a la casa, liberara a los menores -a los que su verdugo mantenía atados con alambres- y detuviera al golpeador. El operativo resultó exitoso. Acto seguido, puse a los menores y al sujeto a disposición del juez.

Días más tarde, me enteré que el maltratador seguía libre y que los niños continuaban a su merced. "Se está ensañando con ellos", me dijo el denunciante, indignado ante mi ineficiencia. Cuando busqué al juez para preguntarle la causa por la que había liberado al sujeto, me comunicó, escuetamente, que yo no había probado la urgencia y que, por tanto, él no podía proceder. Quedé estupefacto.

Para paliar mi frustración, me puse en contacto con un magistrado amigo mío y le pregunté, primero, cómo se probaba la urgencia; después, qué podía hacer... Era la primera vez que me ocurría aquello y no quería que volviera a suceder. La respuesta del magistrado fue poco alentadora: "Las leyes están mal hechas" dijo, "y los abogados se aprovechan de los resquicios que dejan". Sugirió que no insistiera. El maltratador podría acusarme ante la recién creada Comisión Nacional de Derechos Humanos, por haber procedido sin mandato judicial y, entonces, quien estaría en problemas sería yo.

Pero, ¿no decía la Constitución que en casos urgentes se podía proceder sin orden judicial? Una semana después, ante una denuncia vinculada con una menor de edad a la que su padrastro sometía a continuas violaciones, solicité una orden del juez para cerciorarme de los hechos. Cuando, al cabo de dos meses, la obtuve, me comunicaron que la menor ya no vivía en la Ciudad de México. Nadie supo darme razón de su destino.

Las referencias vienen al caso a propósito del proyecto de reformas en materia constitucional que el pasado 9 de marzo entregó el Presidente de la República al Senado y que ha suscitado un sano debate en diversos ámbitos. Algunos lo califican de progresista, y otros, de retrógrado. Simpatizo más con los primeros. Veamos por qué:

Ante los reiterados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR