ACUERDO Gubernamental mediante el cual se otorga Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios a la Universidad Tamaulipeca, para impartir los Programas Académicos en Nivel Medio Superior, de Bachillerato Técnico en Administración, Bachillerato Técnico en Informática Administrativa, Bachillerato Técnico en Turismo, Bachillerato Técnico en Computación Fiscal Contable, Bachillerato Técnico en Seguridad Integral, Bachillerato Técnico en Programación, Bachillerato Técnico en Contabilidad y Bachillerato Técnico en Prótesis Dental; y en el Nivel Superior, de Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas, Licenciatura en Diseño de Interiores y Paisajismo, Licenciatura en Psicopedagogía, Licenciatura en Administración de Empresas y Finanzas, Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas e Ingeniería en Sistemas Computacionales, en las instalaciones ubicadas en Matamoros, Tamaulipas; y que cuentan con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado publicados...

EGIDIO TORRE CANTÚ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que al Ejecutivo a mi cargo confieren los artículos 91 fracciones V y XXXIV, 95 y 140 de la Constitución Política local; 2º y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; y 11 fracción VII de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO.- Que mediante escrito recibido en fecha 9 de junio de 2011, el C. OSCAR WBALDO AGUILERA RODRÍGUEZ, propietario de la UNIVERSIDAD TAMAULIPECA, solicitó Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir los programas académicos en Nivel Medio Superior, de Bachillerato Técnico en Administración, y en el Nivel Superior, de Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas, Licenciatura en Diseño de Interiores y Paisajismo, Licenciatura en Psicopedagogía, Licenciatura en Administración de Empresas y Finanzas, Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas e Ingeniería en Sistemas Computacionales, en las instalaciones ubicadas en Calle Sexta 413 entre Terán y Juárez, Sector Centro, en Matamoros, Tamaulipas; y que cuentan con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado publicados mediante los Periódicos Oficiales números 41 de fecha 23 de mayo de 1998, 115 de fecha 26 de septiembre de 2006, 116 de fecha 27 de septiembre de 2006 y 126 del 21 de octubre de 2003.

SEGUNDO.- Que la UNIVERSIDAD TAMAULIPECA, cuenta con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir los programas académicos en Nivel Medio Superior, de Bachillerato Técnico en Administración; y en el Nivel Superior, de Licenciatura en Administración de Empresas Turísticas, Licenciatura en Diseño de Interiores y Paisajismo, Licenciatura en Psicopedagogía, Licenciatura en Administración de Empresas y Finanzas, Licenciatura en Contaduría Pública y Finanzas e Ingeniería en Sistemas Computacionales, mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado publicados mediante los Periódicos Oficiales 41 de fecha 23 de mayo de 1998, 115 de fecha 26 de septiembre de 2006, 116 de fecha 27 de septiembre de 2006, y 126 del 21 de octubre de 2003; en los municipios de Reynosa y Río Bravo, Tamaulipas.

TERCERO.- Que de conformidad con lo establecido por los artículos fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 de la Ley General de Educación y 91 de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades, debiendo obtener en cada caso, el reconocimiento del Ejecutivo del Estado para que los estudios realizados en las respectivas instituciones tengan validez oficial.

CUARTO.- Que acorde a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley de Educación para el Estado de Tamaulipas, la educación que impartan el estado, los municipios, los organismos descentralizados de ambos y los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, se regirá conforme al artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Constitución Política local, la Ley de Educación para el Estado, la Ley de Infraestructura Física Educativa para el Estado, así como las normas, reglamentos, convenios y acuerdos que de ellas se deriven, incluyendo entre éstos, la Ley para la Coordinación de la Educación Superior.

QUINTO.- Que el bachillerato o sus equivalentes, tienen por objeto...

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