ACUERDO DE COORDINACION PARA LA DISTRIBUCION Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITAT, VERTIENTE GENERAL DEL RAMO ADMINISTRATIVO 20 DESARROLLO SOCIAL QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT Y POR OTRA PARTE LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, BAHIA DE BANDERAS, COMPOSTELA, IXITLAN DEL RIO, SANTIAGO IXCUINTLA, TECUALA, TEPIC, TUXPAN Y XALISCO

ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS

SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HÁBITAT, VERTIENTE GENERAL, DEL RAMO

ADMINISTRATIVO 20 “DESARROLLO SOCIAL”, QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE

EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO

SOCIAL, EN LO SUCESIVO “LA SEDESOL”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR

LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACIÓN DEL

TERRITORIO, ARQ. SARA HALINA TOPELSON FRIDMAN, ASISTIDA POR LA

DELEGADA FEDERAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL EN EL

ESTADO DE NAYARIT, C. RITA MARÍA ESQUIVEL REYES; POR OTRA PARTE, EL

EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, REPRESENTADO POR LOS SECRETARIOS

DE PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO Y COORDINADOR GENERAL

DEL COPLADENAY, ING. FELIPE PRADO HOPFNER; DESARROLLO SOCIAL, ING.

NAZARIO ALONSO VILLASEÑOR ANGUIANO; Y DE LA CONTRALORÍA GENERAL,

C.P. EFRÉN VELÁZQUEZ IBARRA; EN LO SUCESIVO “EL ESTADO”; Y POR OTRA

PARTE LOS MUNICIPIOS DE ACAPONETA, BAHÍA DE BANDERAS, COMPOSTELA,

IXTLÁN DEL RÍO, SANTIAGO IXCUINTLA, TECUALA, TEPIC, TUXPAN Y XALISCO,

REPRESENTADOS POR LOS C.C. DR. SAULO ALFONSO LORA AGUILAR,

PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC. ROBERTO GARCÍA HERNÁNDEZ, SECRETARIO; Y

C.P. HÉCTOR BAÑUELOS AHUMADA, SÍNDICO DEL MISMO; C.P. HÉCTOR MIGUEL

PANIAGUA SALAZAR, PRESIDENTE MUNICIPAL; ING. JOSÉ LUIS ARECHIGA

AVALOS, SECRETARIO; Y PROFR. DANIEL BRISEÑO FLORES, SÍNDICO DEL

MISMO; LIC. HÉCTOR LÓPEZ SANTIAGO, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC. JESÚS

TORRES RODRÍGUEZ, SECRETARIO; Y LUIS ENRÍQUE MEDINA CUEVAS, SÍNDICO

DEL MISMO; HÉCTOR JAVIER SÁNCHEZ FLETES, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC.

AQUILES ROMERO GONZÁLEZ, SECRETARIO; Y C.P. PATRICIA TOZCANO GÓMEZ,

SÍNDICO DEL MISMO; SERGIO GONZÁLEZ GARCÍA, PRESIDENTE MUNICIPAL; C.P.

RODOLFO RODRÍGUEZ ABUD, SECRETARIO; Y C.P. FÁTIMA DEL SOL GÓMEZ

MONTERO, SÍNDICO DEL MISMO; ALBERTO PARRA GRAVE, PRESIDENTE

MUNICIPAL; LIC. RAMÓN ESPARZA OSUNA, SECRETARIO; Y GUSTAVO SALAZAR

RODRÍGUEZ, SÍNDICO DEL MISMO; ROBERTO SANDOVAL CASTAÑEDA,

PRESIDENTE MUNICIPAL; PROFR. CARLOS RUBÉN LÓPEZ DADO, SECRETARIO; Y

PROFR. CARLOS RUIZ FLORES, SÍNDICO DEL MISMO; OSCAR ZERMEÑO

BARRAGÁN, PRESIDENTE MUNICIPAL; PROFR. ALBERTO ACOSTA MARTÍNEZ,

SECRETARIO; Y EULALIO VALDERRAMA GARCÍA, SÍNDICO DEL MISMO; LIC.

GILBERTO LÓPEZ RUELAS, PRESIDENTE MUNICIPAL; LIC. HUGO ARMANDO

GUZMÁN OCHOA, SECRETARIO; Y PROFR. ANTONIO GONZÁLEZ SÁNCHEZ,

SÍNDICO DEL MISMO; RESPECTIVAMENTE; EN LO SUCESIVO “LOS MUNICIPIOS”,

EL CUAL SUJETAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece en su apartado denominado Eje 3.

    Federal es lograr el desarrollo humano y el bienestar de los mexicanos, a través de la igualdad de oportunidades. Para conducir a México hacia un desarrollo económico y social sustentable hay que resolver a fondo las graves diferencias que imperan en el país.

    Gobierno y sociedad deben ser capaces de mejorar significativamente las condiciones de vida de quienes viven en la pobreza.

    Miércoles 5 de Mayo de 2010 Periódico Oficial 3

  2. El Programa Sectorial de Desarrollo Social 2007-2012, establece entre sus objetivos: 4.

    Mejorar la calidad de vida en las ciudades, con énfasis en los grupos sociales en condición de pobreza, a través de la provisión de infraestructura social y vivienda digna, así como consolidar ciudades eficientes, seguras y competitivas.

  3. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los Gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que los Gobiernos participen en la Planeación Nacional del Desarrollo.

  4. El artículo 30 fracción II del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre del 2009, establece que tratándose de facultades concurrentes, cuando el Ejecutivo

    Federal por conducto de la dependencia competente decida suscribir convenios de coordinación en términos de la Ley de Planeación con las entidades federativas, procurará que éstos se celebren a más tardar en el mes de febrero en condiciones de oportunidad y certeza para beneficio de la población objetivo.

  5. De acuerdo a lo establecido en el artículo 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, los programas de subsidios del Ramo

    Administrativo 20 “Desarrollo Social” se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

  6. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, ha instrumentado el

    Programa Hábitat. El objetivo general del Programa Hábitat es contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas urbano- marginadas, al fortalecer y mejorar la organización y participación social, así como el entorno urbano de dichos asentamientos. Lo anterior de conformidad a lo previsto en las

    Reglas de Operación del Programa Hábitat, en lo sucesivo “REGLAS DE OPERACIÓN”.

  7. La Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Desarrollo

    Social, mediante su oficio número OM/DGPP/410.20/724/09, de fecha 23 de diciembre de monto de los subsidios autorizados al Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2010.

  8. La Subsecretaria de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio, mediante el Oficio de Distribución de Subsidios del Programa Hábitat, número 300/002/2010 y de fecha 12 de enero de 2010, comunicó a los delegados federales de la Secretaría de Desarrollo Social la distribución de los subsidios federales del Programa Hábitat por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2010.

    Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la

    Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32 de la Ley Orgánica de la

    Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4, 24 y 43 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 7, 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos

    Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

    Información Pública Gubernamental; 1, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de

    Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010; 6, 8, 12, 16, 36, 37, 44 y 45 del

    Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social; en el Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2010,así como en lo previsto por los artículos 72, 73 y 76 de la Constitución Política del Estado

    Libre y Soberano de Nayarit; 1°, 4°,30 fracción X, 31 fracciones III, VI y XVI, 34, 37 y 41

    Ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1°, 2°, 3°, 4°, 12, 13, 14 y 41 de la Ley de Planeación para el Estado de Nayarit; y 1°, 2° y 3° de la Ley

    Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el Estado de Nayarit; 1, 64 fracciones

    VI y IX, 73 fracción II, 114 fracciones III y XVI de la Ley Municipal para el Estado de

    Nayarit; las partes han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

    CLÁUSULAS

CAPÍTULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre “LA SEDESOL”, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS”, para la operación del

Programa Hábitat en las Ciudades, Zonas Metropolitanas y Polígonos Hábitat

Seleccionados y para el ejercicio de los subsidios federales y los recursos locales aportados, con el propósito de contribuir a la superación de la pobreza y al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de zonas urbano-marginadas, al fortalecer y mejorar la organización y participación social, así como el entorno urbano de dichos asentamientos.

Los Polígonos Hábitat son identificados por “LA SEDESOL”, están integrados por zonas urbanas marginadas con alta concentración de hogares en situación de pobreza patrimonial y constituyen el ámbito de actuación del Programa Hábitat.

SEGUNDA. “LA SEDESOL”, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” acuerdan que en la operación del Programa Hábitat y en el ejercicio de sus subsidios, se sujetarán a lo que establece la normatividad federal aplicable, Decreto de Presupuesto de Egresos de la

Federación para el ejercicio fiscal 2010, las “REGLAS DE OPERACIÓN” y los

Lineamientos de Operación del Programa Hábitat que los rijan, así como los instrumentos técnicos que se deriven de estos dos últimos.

CAPITULO II DE LAS CIUDADES, ZONAS METROPOLITANAS Y POLÍGONOS

HÁBITAT SELECCIONADOS

TERCERA. “LA SEDESOL”, “EL ESTADO” y “LOS MUNICIPIOS” acuerdan que los recursos del Programa Hábitat se ejercerán en las Ciudades, Zonas Metropolitanas y

Polígonos Hábitat...

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