Acuerdo que modifica el diverso por el que se delegan en los CC. Subdirector General Jurídico, Subdirector de lo Contencioso y Jefe de Servicios de Asuntos Administrativos y Laborales; Delegados, y en el Director y Subdirector de Administración del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, todos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de...

Fecha de disposición21 Febrero 2005
Fecha de publicación21 Febrero 2005
EmisorINSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO que modifica el diverso por el que se delegan en los CC. Subdirector General Jurídico, Subdirector de lo Contencioso y Jefe de Servicios de Asuntos Administrativos y Laborales; Delegados, y en el Director y Subdirector de Administración del Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, todos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, las facultades que se indican.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Dirección General.

ACUERDO QUE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DELEGAN EN LOS CC. SUBDIRECTOR GENERAL JURIDICO, SUBDIRECTOR DE LO CONTENCIOSO Y JEFE DE SERVICIOS DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y LABORALES; DELEGADOS, Y EN EL DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA INTEGRAL DE TIENDAS Y FARMACIAS, TODOS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.

BENJAMIN GONZALEZ ROARO, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con fundamento en los artículos 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; 47 de la Ley Federal del Trabajo; 163 fracciones VII y XII de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; 21 fracciones VIII y XIV, 24, 49 fracción II, 56, 58, 59 B y 59 D del Estatuto Orgánico, y 7o. fracción III, 11 fracción VIII del Reglamento de las Delegaciones del propio Instituto, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 163, fracción VIl de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 21 fracción VIII del Estatuto Orgánico del propio Instituto, es facultad del Director General proponer a la Junta Directiva el nombramiento y, en su caso, la remoción de los servidores públicos de primer nivel; nombrar a los trabajadores de base y de confianza de los siguientes niveles y remover a estos últimos, conforme a las disposiciones legales, sin perjuicio de la delegación de facultades para dichos efectos.

Que mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 1998, modificado mediante el diverso publicado el 3 de diciembre del mismo año en el citado medio de difusión oficial, el Director General del ISSSTE delegó en diversos servidores públicos del Instituto, la facultad de cesar a los trabajadores de base...

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