¿Cuál es el procedimiento para solventar un requerimiento de las autoridades tributarias?

PáginasA63-A64

Soy dueño de una farmacia y estoy inscrito en el RFC en el régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales. En días pasados, recibí por correo un requerimiento de las autoridades fiscales con respecto a la declaración de pago provisional de ISR de noviembre de 2008. Este requerimiento no procede, pues la declaración la presenté en tiempo y forma, es decir, el 17 de diciembre pasado. Por lo anterior, tengo duda con respecto a los pasos que debo seguir para cancelar tal requerimiento.

Lector de Boca del Río, Veracruz

Pregunta

¿Cuál es el procedimiento para solventar un requerimiento de las autoridades tributarias?

Respuesta

El artículo 44-Bis del Reglamento del CFF indica lo siguiente (énfasis añadido):

44-BIS. Las autoridades fiscales cancelarán de plano los requerimientos que hayan formulado a los contribuyentes o retenedores exigiendo la presentación de avisos o de declaracio-nes para el pago de contribuciones presuntamente omitidas, así como las multas que se hubiesen impuesto con motivo de dichas supuestas omisiones, con la sola exhibición por los interesados del documento que acredite que el aviso o la declaración fueron presentados.

Si el documento respectivo se exhibe en el momento de la diligencia de notificación del requerimiento, el notificador ejecutor suspenderá la citada diligencia, tomará nota circunstanciada de dicho documento y dará cuenta al titular de la oficina requirente de la solicitud de cancelación. Dicho titular resolverá sobre la cancelación del requerimiento o de la multa, en su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR