¿Se puede solicitar la reducción de los pagos provisionales del IETU?

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Soy auxiliar contable de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la comercialización de pasteles y pan. En julio de este año, la empresa pretende solicitar la reducción de los pagos provisionales de dicho impuesto correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2007. Al respecto, también se desea solicitar la reducción de los pagos provisionales del IETU de ese periodo; sin embargo, al revisar la ley relativa no encontré disposición alguna que permita lo anterior. Por consiguiente, tengo duda si la Ley del IETU considera la posibilidad de solicitar la reducción de los pagos provisionales de este gravamen.

Lector de Guadalajara, Jalisco

Pregunta

¿Se puede solicitar la reducción de los pagos provisionales del IETU?

Respuesta

La Ley del IETU no establece disposición alguna que permita a los contribuyentes solicitar la reducción de los pagos provisionales de este impuesto; por consiguiente, no se puede llevar a cabo dicha reducción.

Al respecto, el Boletín de Síndicos del Contribuyente, correspondiente al primer bimestre de 2008, sección Precisiones IETU, planteamiento 4, que se encuentra disponible en la página de Internet del SAT, www.sat.gob.mx, señala lo siguiente:

4. Planteamiento expuesto ante la ALAC de Naucalpan, sede Tlalnepantla.

La Ley del IETU no contempla la reducción de pagos provisionales. Lo anterior pudiera representar una incongruencia porque se difundió ampliamente que este impuesto es complementario del ISR, el cual sí prevé dicha reducción.

Comentario

El IETU es independiente al ISR, por lo que aún cuando para efectos del ISR se permita la disminución de pagos provisionales, esto no implica que necesariamente se tenga que permitir dicha...

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