¿A una sociedad civil autorizada para recibir donativos deducibles le pueden revocar la autorización por realizar préstamos a una persona moral?

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Soy contador de una sociedad civil que se dedica a la enseñanza con reconocimiento de validez oficial de estudios, tributa en el régimen de las personas morales con fines no lucrativos y está autorizada para recibir donativos deducibles para el ISR. La sociedad ha realizado préstamos a una persona moral a la cual le cobra intereses a la tasa de mercado. Tengo duda si por realizar esta operación se puede considerar que la sociedad incumple los requisitos u obligaciones que en su carácter de donataria debe cumplir y, por ende, las autoridades le pueden revocar la autorización para recibir los donativos deducibles.

Lector de Ciudad del Carmen, Campeche

¿A una sociedad civil autorizada para recibir donativos deducibles le pueden revocar la autorización por realizar préstamos a una persona moral?

Sí, por lo siguiente:

El artículo 82, cuarto párrafo, de la Ley del ISR estipula lo siguiente (énfasis añadido):

82. Las personas morales con fines no lucrativos a que se refieren las fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artículo 79 de esta Ley, deberán cumplir con lo siguiente para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley.

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El Servicio de Administración Tributaria podrá revocar o no renovar las autorizaciones para recibir donativos deducibles en los términos de esta Ley, a las entidades que incumplan los requisitos o las obligaciones que en su carácter de donatarias autorizadas deban cumplir conforme a las disposiciones fiscales, mediante resolución notificada personalmente. Dicho órgano desconcentrado publicará los datos de tales entidades en el Diario Oficial de la Federación y en su página de Internet.

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Al efecto, la regla 3.10.15 de la RMF para 2016 especifica lo siguiente (énfasis añadido):

3.10.15. Para los efectos del artículo 82, cuarto párrafo de la Ley del ISR, se considera que las entidades autorizadas para recibir donativos deducibles incumplen los requisitos o las obligaciones que en su carácter de donatarias autorizadas deban cumplir cuando:

I. Destinen sus activos a fines distintos al del objeto social autorizado al que se refiere la regla 3.10.6., fracción I.

II. Directamente o a través de la figura del fideicomiso o por conducto de terceros:

  1. Constituyen o financien a personas morales o fideicomisos.

b) Adquieren...

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