Acuerdo y Síntesis del Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'rinconada del Pereyra', Localizado al Sur-poniente de Esta Ciudad Capital

Fecha de disposición14 Febrero 2009
Fecha de publicación14 Febrero 2009
SecciónSección General
Número de Gaceta07

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVOACUERDOY SÍNTESIS DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "RINCONADA DEL PEREYRA", LOCALIZADO AL SUR-PONIENTE DE ESTA CIUDAD CAPITAL.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.062/09, de fecha 12 de febrero del año curso, y recibido en la Dirección General de Gobierno el mismo día, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "RINCONADA DEL PEREYRA", localizado al Sur-Poniente de esta ciudad capital, el cual es promovido por el H. Ayuntamiento de Colima, Colima.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Colima, Col., en Sesión de Cabildo celebrada el día 15 de enero del año 2009, aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "RINCONADA DEL PEREYRA", localizado al Sur-Poniente de esta ciudad capital, según constancia certificada del punto de Acuerdo expedida el mismo día, por el Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Colima, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de urbanización del fraccionamiento denominado "RINCONADA DEL PEREYRA", localizado al Sur-Poniente de esta ciudad capital, según consta en la síntesis del Programa Parcial del cual solicitan su publicación.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la síntesis del Programa Parcial de urbanización del fraccionamiento denominado "RINCONADA DEL PEREYRA", localizado al Sur-Poniente de esta ciudad capital, de conformidad como se menciona en el Considerando anterior, tomando en cuenta que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D OUNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "RINCONADA DEL PEREYRA", localizado al Sur-Poniente de esta ciudad capital, mismo que fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el día 15 de enero del año 2009, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Agraria en vigor, el cual otorga al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O SUNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día doce de febrero del año dos mil nueve.

A t e n t a m e n t e.- SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION.-

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS; Rúbrica.-

EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA; Rúbrica.-

EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE, Rúbrica.

Honorable Ayuntamiento de Colima Programa Parcial de Urbanización Fraccionamiento "Rinconada del Pereyra" Introducción.

Asumiendo su responsabilidad en la promoción del desarrollo urbano y en estricto apego a la legislación en materia de asentamientos humanos y a los procedimientos administrativos que de ella emanan, el H. Ayuntamiento de Colima en su carácter de Promotor, presenta el proyecto de Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Rinconada del Pereyra", mismo que fue elaborado con una estructura metodológica acorde a lo dispuesto en la normatividad vigente.

Antecedentes jurídicos de la propiedad.

Con el objeto de desarrollar acciones urbanísticas en dicha propiedad, el H. Cabildo de Colima autorizó en la sesión extraordinaria del 18 de abril de 2008 la suscripción de un convenio de urbanización con las propietarias del predio, mediante el cual se comprometen a otorgar la posesión material del terreno a urbanizar al H. Ayuntamiento y renuncian a intentar cualquier acción de traslado de dominio y posesión que perturbe el desarrollo y ejecución de las obras referidas.

Por lo anterior, el H. Ayuntamiento que es un organismo público, investido de personalidad jurídica y patrimonio propio, acredita interés jurídico suficiente para tramitar o gestionar cualquier asunto relacionado con las obras de urbanización del presente desarrollo, facultándolo expresamente para recibir, elaborar y firmar todos los documentos públicos o privados que sean necesarios en dicho ejercicio.

Marco jurídico.

El Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Rinconada del Pereyra", fundamenta su contenido en los siguientes preceptos: Artículos 27 párrafo tercero, 73 fracción XXIX-C y 115 fracciones II, III, V y VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 87 fracción V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; Artículo 45 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; Artículos: fracción I, 11, 12 fracción VI y 15 de la Ley General de Asentamientos Humanos; Artículos 21 fracción I, 43, 57, 58, 59, 275, 276 y 277 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima y Artículos 11 fracción VII y 14 del Reglamento de Zonificación para el Municipio de Colima:.

Bases de planeación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, el Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento "Rinconada del Pereyra", es un programa derivado del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Colima, en donde se establece que el predio se localiza en un área de reserva urbana a desarrollarse a corto plazo identificada como zona habitacional de alta densidad (H4) en donde pueden desarrollarse hasta 65 viviendas y/o 325 habitantes por hectárea, con lotes de 6.00 metros de frente mínimo y superficie mínima de 90 metros cuadrados. Así mismo, el Programa dispone el establecimiento de un Corredor...

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