Acuerdo Síntesis del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano Denominado 'tapeixtles', Ubicado en El Ejido de Tapeixtles, Municipio de Manzanillo, Col

Fecha de disposición26 Enero 2002
Fecha de publicación26 Enero 2002
SecciónSección General
Número de Gaceta4

ACUERDOSÍNTESIS DEL PROGRAMA PARCIAL DE MEJORAMIENTO URBANO DENOMINADO ''TAPEIXTLES'', UBICADO EN EL EJIDO DE TAPEIXTLES, MUNICIPIO DE MANZANILLO, COL.

FERNANDO MORENO PEÑA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.709/01, de fecha 13 de diciembre del año en curso, el Secretario de Desarrollo Urbano, solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional ''El Estado de Colima'', de la síntesis del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado ''TAPEIXTLES'', ubicado en el ejido de Tapeixtles, municipio de Manzanillo, Colima.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Manzanillo, Col., en sesión ordinaria celebrada el día 07 de noviembre del 2001, aprobó la síntesis del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado ''TAPEIXTLES'', según consta en la copia certificada el 09 de noviembre del 2001, por el C. Lic. Julio César Marín Velázquez Cottier, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de dicho municipio, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Arq. Jorge Piza Espinosa, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado ''TAPEIXTLES'', según consta en el oficio que se menciona en el Considerando primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos provistos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional ''El Estado de Colima'', la síntesis del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado ''TAPEIXTLES'' ubicado en el ejido de Tapeixtles, municipio de Manzanillo, Colima.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Mejoramiento Urbano denominado "TAPEIXTLES", ubicado en el ejido de Tapeixtles, municipio de Manzanillo, Col., mismo que fue aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 07 de noviembre del 2001.

T R A N S I T O R I O S Artículos 1 a 31

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional ''El Estado de Colima''.

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVODado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno a los 17 días del mes de noviembre del dos mil uno.

Atentamente

''SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN''

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. FERNANDO MORENO PEÑA.-Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. JORGE HUMBERTO SILVA OCHOA.-Rúbrica.- EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ARQ. JORGE PIZA ESPINOSA.-Rúbrica.

PROGRAMA PARCIAL DE MEJORAMIENTO URBANO DE "TAPEIXTLES" El Cabildo del H. Ayuntamiento de Manzanillo, Colima.

CONSIDERANDO:

PRIMERO:

Que por mandato de la fracción V del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se reitera en el artículo 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, es atribución y responsabilidad de los Ayuntamientos formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, para cumplir los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la propia Constitución Federal de la República; facultades que se reglamentan en las disposiciones de los artículos 90 y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos; en los artículos 45, fracción II y 47 fracción II de la Ley del Municipio libre del Estado de Colima; y en particular por las disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima.

SEGUNDO:

Que como queda expresado en la fracción I del artículo 21 de la Ley de Asentamientos Humanos, es atribución del Ayuntamiento elaborar, aprobar, ejecutar, controlar evaluar y revisar los programas parciales de desarrollo urbano.

TERCERO:

Que para proceder a formular el Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles", se dispuso realizar estudios para determinar los usos y destinos del suelo del área específica responsabilidad del presente programa, con fundamento en las facultades constitucionales del Ayuntamiento, asiendo su responsabilidad en la promoción del desarrollo urbano, al ejecutar obras públicas y emprender acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, en los centros de población ubicados en el territorio municipal.

CUARTO:

Que en particular, el Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles" es congruente con el Programa de Desarrollo Urbano de la ciudad de Manzanillo, Colima y los planes y programas de desarrollo urbano aplicables y en atención al artículo 109 el Programa Parcial de Mejoramiento Urbano atiende a:

  1. El mejoramiento de la calidad ambiental;

  2. El reordenamiento, la renovación, restauración y densificación de áreas urbanas deterioradas, aprovechando adecuadamente sus componentes sociales y materiales;

  3. La dotación de servicios, equipamiento e infraestructura urbana, en áreas carentes de ellos;

  4. La acción integrada del Estado que articule la regularización de la tenencia del suelo urbano con la dotación de servicios y satisfactores básicos, que tiendan a integrar a la comunidad urbana, y V.- La prevención y atención de riesgos y contingencias urbanas.

Que observando las disposiciones de los artículos 48 y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos y el procedimiento previsto en los artículos 66, 67 y 68 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, se verificó la participación social en el proyecto de Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles", integrándose al mismo las recomendaciones recibidas. Que el Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano, órgano de participación social, en la LIV sesión ordinaria del día 26 de septiembre del 2001, recomendó al H. Ayuntamiento su aprobación.

SEXTO.

Que las Comisiones del Cabildo relacionadas con la planeación infraestructura y servicios públicos y su reglamentación, con fundamento en la fracción I del artículo 21 y 68, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, analizaron el proyecto de Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles" y dictaminaron procedente su autorización por este Ayuntamiento, Para dar cumplimiento al mandato del párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en las atribuciones que otorgan al Municipio y su Ayuntamiento el artículo 115 fracciones II, III, V y VI de la misma Constitución General de la República, precepto que en materia de asentamientos humanos se ratifica en el artículo 87 de la Constitución Política para el Estado de Colima; conforme las disposiciones del artículo 45, fracción 11 y del artículo 47 fracción 11 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; y en particular, en materia de ordenamiento y regulación de los centros de población, en ejercicio de las facultades definidas en los artículos 90 y 35 de la Ley General de Asentamientos Humanos y en los artículos 21 y 68, la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima; en sesión de fecha 14 de noviembre del 2001, se aprueba el:

Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles" CAPÍTULO IDisposiciones Generales.

Artículo 1

Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles", establece:

  1. La lotificación de la zona parcelada que fue del ejido Tapeixtles y que mediante el programa de certificación de solares urbanos se separó del régimen ejidal.

  2. Las normas de control del aprovechamiento o utilización del suelo en los predios que lo integran de acuerdo a la lotificación, y III.- Las normas aplicables a la acción urbanística, a fin de regular y controlar las acciones de mejoramiento, conservación y crecimiento que se proyecten y realicen en el mismo.

Artículo 2

Para los efectos del presente Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles", se designará como:

  1. Ley General:

    la Ley General de Asentamientos Humanos;

  2. Ley Municipal:

    la Ley del Municipio libre del Estado de Colima;

  3. Ley:

    la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima;

  4. Reglamento:

    el Reglamento de Zonificación del Estado de Colima:

  5. Municipio:

    el Municipio de Colima, Colima.

  6. Documento técnico:

    el conjunto de estudios, análisis, criterios y lineamientos que integran la información, conclusiones, recomendaciones y propuestas, relativos a los elementos del medio físico natural y transformado, así como los aspectos socioeconómicos y jurídicos, que constituyen las bases reales de la planeación, programación. ordenamiento y regulación para el desarrollo ecológico y urbanístico del Programa;

  7. Anexo gráfico:

    el conjunto de planos impresos o en archivos digitalizados, que forman parte de este Programa;

  8. Documento básico:

    el conjunto de disposiciones reglamentarias que precisan el área de aplicación del Programa, la lotificación del predio, las normas de zonificación urbana, las acciones de conservación y crecimiento, así

    como las obligaciones a cargo de los particulares derivadas del mismo;

Artículo 3

El Programa Parcial de Mejoramiento Urbano de "Tapeixtles", del que forman parte integral los anexos gráficos y los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR