Acuerdo y Síntesis del Programa Parcial de Urbanización Denominado 'ampliación Microparque Industrial y De Servicios', Localizado al Poniente de La Ciudad de Villa de álvarez, Colima

Fecha de disposición28 Julio 2007
Fecha de publicación28 Julio 2007
SecciónSección General
Número de Gaceta33

ACUERDOSÍNTESIS DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DENOMINADO "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", LOCALIZADO AL PONIENTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.274/07, de fecha 18 de junio del año 2007, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 27 del mismo mes, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización denominado "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", localizado al Poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, promovido por el Arq. Alejandro Torres Contreras.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Villa de Álvarez, Col., en sesión celebrada el día 19 de abril del año 2007, aprobó el Programa Parcial de Urbanización denominado "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", ubicado en ese municipio, según constancia certificada expedida el día 26 del mismo mes, por el Profr. Jorge Luis León Polanco, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Álvarez, Colima, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización denominado "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", localizado al Poniente de la ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según consta en el oficio de petición que se menciona en el Considerando Primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la síntesis del Programa Parcial de Urbanización denominado "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", localizado en el municipio de Villa de Álvarez, Colima, de conformidad como se menciona en el considerando anterior, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor; los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud he he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización denominado "AMPLIACIÓN MICROPARQUE INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS", localizado en el municipio de Villa de Álvarez, Colima, mismo que fue aprobado el día 19 de abril del año 2007, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor; los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día veintiocho de junio del año dos mil siete.

Por...

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