Síntesis ejecutiva

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¿RECIBE DEPOSITOS EN EFECTIVO? CONOZCA LAS REPERCUSIONES FISCALES

Con frecuencia, las personas físicas y las morales reciben depósitos en efectivo, ya sea por las actividades que realizan o por concepto de préstamos y donativos, entre otros; en este sentido, en muchas ocasiones, los contribuyentes no tienen claro qué repercusiones fiscales derivan de dichos depósitos y, por tanto, no cumplen las obligaciones a que están sujetos e ignoran las consecuencias que podrían tener al respecto.

Por lo anterior, hacemos referencia a las repercusiones fiscales para los contribuyentes que conlleva recibir depósitos en efectivo.

* (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A20)

REPATRIACION DE CAPITALES. EN JUNIO VENCE EL PLAZO PARA ADHERIRSE A LOS BENEFICIOS FISCALES EN EL ISR

Según el artículo segundo, fracción XIII, de las disposiciones transitorias de la Ley del ISR para 2016, las personas físicas y las morales residentes en México y las residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país que hayan obtenido ingresos provenientes de inversiones directas e indirectas, que hubieran mantenido en el extranjero hasta el 31 de diciembre de 2014, podrán optar por pagar, conforme a esta disposición, el impuesto a que estén obliga-

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dos de acuerdo con la Ley del ISR. Lo anterior constituye el Programa de repatriación de capitales o de retorno de inversiones, vigente hasta el 30 de junio de 2016.

Precisamos en qué consiste dicho programa y los beneficios que se pueden obtener de él.

* (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A29)

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DISCIPLINA FINANCIERA DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y SE MODIFICA LA LCF, LA LGDP Y LA LGCG

La SHCP dio a conocer en el DOF del pasado 27 de abril, el "Decreto por el que se expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental", la cual entró en vigor el 28 de abril de 2016.

Además, se modificaron diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), de la Ley General de Deuda Pública (LGDP) y de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) para adecuar sus lineamientos a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.

* (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A42)

PERDIDAS FISCALES DE EJERCICIOS ANTERIORES....

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