Síntesis ejecutiva

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Fiscal

ESTADOS DE CUENTA BANCARIOS Y DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES. UTILICELOS COMO COMPROBANTES FISCALES

De acuerdo con los artículos 31, fracción III, y 125 de la Ley del ISR, las deducciones autorizadas de las personas morales del régimen general y de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales deben estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones tributarias. Asimismo, los contribuyentes podrán optar por considerar como comprobante fiscal para los efectos de las deducciones autorizadas, los originales de los estados de cuenta en los que se consigne el pago mediante cheques, traspasos de cuenta en instituciones de crédito o casas de bolsa, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o monedero electrónico, siempre que se cumplan los requisitos que establece el CFF.

Al efecto, comentamos los requisitos que deben reunir los estados de cuenta para que puedan ser considerados como comprobantes fiscales para efectos de la deducción y acreditamiento de impuestos, así como las disposiciones que los regulan.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A17)

SERVICIO DE DECLARACIONES Y PAGOS. PRINCIPALES PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Según el SAT, el Servicio de declaraciones y pagos es la plataforma por medio de la cual se presentan las declaraciones provisionales y definitivas de impuestos federales, así como el pago de éstos en las instituciones bancarias con el servicio de depósito referenciado, es decir, a través de una línea de captura.

Debido a que todavía existen dudas en los contribuyentes en relación con este servicio, damos respuesta a las principales preguntas.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A34)

CRITERIOS NORMATIVOS DEL SAT DEL PRIMER SEMESTRE DE 2012. EL SAT LOS DA A CONOCER

En días pasados, el SAT dio a conocer en su página de Internet, www.sat.gob. mx, el oficio número 600-04-02-2012-57567, expediente SAT-352-04-04/2012/18, el cual contiene los criterios normativos aprobados al primer semestre de 2012.

En este sentido, se trata de 16 nuevos criterios normativos, y de dos criterios modificados. Conozca los criterios referidos.

· (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A46)

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ENAJENACION DE LA CASA-HABITACION DEL CONTRIBUYENTE. EL PLAZO DE CINCO AÑOS REFERIDO EN LA LEY PARA QUE APLIQUE LA EXENCION EN EL ISR, NO VIOLA LA CPEUM. TESIS DE LA SEGUNDA SALA DE LA SCJN

Hasta el 31 de diciembre de 2009, la exención en el ISR por los ingresos derivados de la enajenación de la casa-habitación del contribuyente no era...

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