Acuerdo y Síntesis del Programa Parcial de Urbanización del Fraccionamiento Denominado 'jardines de Bugambilias Iv Sección', Localizado al Norte de La Ciudad de Villa de álvarez, Colima

Fecha de disposición23 Agosto 2008
Fecha de publicación23 Agosto 2008
SecciónSección General
Número de Gaceta35

ACUERDOY SÍNTESIS DEL PROGRAMA PARCIAL DE URBANIZACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", LOCALIZADO AL NORTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracción III, de la Constitución Política Local, y con fundamento en lo previsto por los artículos 58, fracción XXXIV, del propio texto Constitucional y 71, 283 y 284 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado; y C O N S I D E R A N D O SPRIMERO.-

Que mediante oficio número 01.374/08, de fecha 14 de julio del año 2008, y recibido en la Dirección General de Gobierno el día 24 del mismo mes y año, el Secretario de Desarrollo Urbano solicitó del Ejecutivo a mi cargo, la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, cuyo desarrollador es el C. Ricardo Ceballos Fierros.

SEGUNDO.-

Que el H. Cabildo Constitucional de Villa de Álvarez, Col., en Sesión celebrada el día 23 de junio del año 2008, aprobó el Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", localizado al Norte de ese Municipio, según constancia certificada expedida el día 27 del mismo mes y año, por el Ing. Ramón del Toro Velasco, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional de Villa de Álvarez, Colima, misma que se encuentra archivada en el expediente correspondiente que tiene a su cargo la Dirección General de Gobierno.

TERCERO.-

Que el C. Ing. Eduardo Gutiérrez Navarrete, Secretario de Desarrollo Urbano, en ejercicio de la facultad que a la dependencia a su cargo le confiere el artículo 20, fracción X, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado, dictaminó la congruencia del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, según consta en el oficio de petición que se menciona en el Considerando Primero del presente Acuerdo.

CUARTO.-

Que por haberse cumplido los requisitos previstos en la Ley de la materia y para que surta los efectos legales correspondientes, es procedente publicar en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", la síntesis del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor; los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:

A C U E R D O

ÚNICO.-

Por haberse cumplido con las disposiciones legales correspondientes, se ordena la publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima", de la síntesis del Programa Parcial de Urbanización del fraccionamiento denominado "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN", localizado al Norte de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, mismo que fue aprobado en sesión de Cabildo celebrada el día 23 de junio del año 2008, tomando en consideración que esta autorización no surte efectos en terrenos que se encuentren bajo el DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO régimen de propiedad ejidal; así como en aquellos, cuyo propietario no haya atendido lo dispuesto en los artículos del 84 al 89 de la Ley Agraria en vigor, los cuales otorgan al Gobierno del Estado, prioridad sobre el Derecho de Preferencia.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.-

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima".

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, en Palacio de Gobierno el día veinticuatro de julio del año dos mil ocho.

Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y observe.

Atentamente. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS. Rúbrica. EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. HÉCTOR MICHEL CAMARENA. Rúbrica. EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, ING. EDUARDO GUTIÉRREZ NAVARRETE. Rúbrica.

Introducción:

Mediante Escritura pública número 5261 expedida el 27 de octubre de 2000 por el Lic. Rogelio A. Gaitan y Gaitan, Titular de la Notaría Pública número 14 de Villa de Álvarez, Colima, se hace constar el contrato de compraventa que celebraron por una parte el Señor Gilberto Morfin Salazar y por la otra el Señor Ricardo Ceballos Fierros, sobre una fracción del predio rústico identificado con el nombre de " La Luz " con una superficie de 50,110.37m 2 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el Folio Real número 151207 de fecha del 16 de marzo de 2001.

Mediante Escritura pública número 11459 expedida el 27 de julio de 2001 por el Lic. Juan José Sevilla Solorzano, Titular de la Notaría Pública número 2 de Colima, Colima, se hace constar el contrato de compraventa que celebraron por una parte el Señor Gilberto Morfin Salazar y por la otra el Señor Ricardo Ceballos Fierros, sobre resto del predio rústico identificado con el nombre de " La Luz " con una superficie de 79,145.60m 2 que se encuentra dividido en dos fracciones, la primera fracción con una superficie de 33,978.10m 2 y la segunda fracción con una superficie de 45,167.50m 2, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad bajo el Folio Real número 160339-1 de fecha del 05 de marzo de 2002.

Con lo anteriormente descrito, el Sr. Ricardo Ceballos Fierros, somete a consideración del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez el proyecto de Programa Parcial de Urbanización denominado " "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN" " para su revisión y evaluación.

ANTECEDENTESBASES JURÍDICASEl fundamento jurídico del Programa Parcial de Urbanización fraccionamiento "JARDINES DE BUGAMBILIAS IV SECCIÓN" parte de los lineamientos establecidos en el Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Villa de Álvarez, Colima, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el 26 de noviembre de 2005, promulgado para dar cumplimiento al párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que se...

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