Conozca los criterios que siguió la Secretaría de Economía para eliminar algunos permisos previos de importación o exportación

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La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 9 de noviembre de 2005, el Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación se encuentra sujeta al requisito de permiso previo, por parte de la secretaría, el cual sustituye a su similar, dado a conocer en el DOF el 26 de marzo de 2002, mismo que contenía alrededor de 410 fracciones sujetas al requisito de permiso previo o al mecanismo de aviso automático.

Con la entrada en vigor del nuevo acuerdo, de las 410 fracciones que se encontraban sujetas al requisito de permiso previo, se eliminaron 113.

En la presente edición, se analiza el acuerdo que establece las mercancías que están sujetas a premiso previo por parte de la SE, pero de manera previa y para una mayor comprensión del tema, se estudia en qué consiste un permiso previo y su finalidad.

Introducción

Quienes importen o exporten mercancías al o del territorio nacional, están obligados a cumplir con las obligaciones previstas en la Ley Aduanera (LA), la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) y las demás disposiciones y ordenamientos aplicables.

Dentro de las obligaciones previstas se encuentra el cumplimiento de permisos previos a la importación o exportación.

El artículo 36 de la LA señala que quienes importen o exporten mercancías al o del territorio nacional anexarán al pedimento (entre otra documentación) "aquella con la que se demuestre el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación o a la exportación" (según sea el caso); y conforme a la Ley de Comercio Exterior (LCE), los permisos previos se deben consider como una regulación y restricción no arancelaria a la importación o exportación.

Definición general de permiso

La Real Academia de la Lengua Española determina que el permiso, deriva del latín Permissum, entendiéndose como: la "licencia o consentimiento para hacer o decir algo".

El maestro Gabino Fraga coincide en agrupar al permiso administrativo dentro de los actos que de manera directa aumentan o amplían la esfera jurídica de los particulares, definiéndolo como "un acto administrativo, por medio del cual se levanta o remueve un obstáculo o impedimento que la norma legal ha establecido para el ejercicio del derecho de un particular".

Por otro lado, Gabino Fraga sostiene que el permiso es un derecho preexistente del particular, pero su ejercicio se encuentra restringido, ya que puede afectar la seguridad pública, la salubridad pública, proteger el ecosistema, preservar la flora o la fauna, etc.; por tanto, se permite el ejercicio de ese derecho previo, siempre que se cumplan o satisfagan determinados requisitos o condiciones.

El Diccionario Jurídico Mexicano del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, define al permiso administrativo como "el reconocimiento a cargo de la autoridad competente, de un derecho del particular que allana la vía para el ejercicio de una actividad especial reglamentada por el Estado, o la realización de actos que ensanchan la esfera jurídica".

Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido respecto a los permisos que "se vinculan a las libertades económicas de los particulares y a las facultades otorgadas por la ley al poder público, para reglamentar o restringir sus actividades, por la naturaleza de esas actividades, por el carácter público de los bienes que se explotan o se utilizan".

De acuerdo con lo anterior, se puede decir que la expedición de permisos, licencias o autorizaciones, por parte de las autoridades administrativas (en este caso las aduaneras), tienen como fin asegurar o preservar la seguridad nacional, la salud pública, preservar la flora o fauna, etcétera.

Medidas de regulación o restricción no arancelarias

Los permisos previos a la importación o exportación son considerados por la LCE como medidas de regulación o restricción no arancelarias; por tanto, en un principiose debe atender a lo siguiente:

  1. La LCE determina que es facultad del Ejecutivo Federal establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías, a través de acuerdos expedidos por la SE o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente.

    Estas...

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