¿Pueden aplicarse como deducción personal en la declaración anual del ISR de 2013 de una persona física, los gastos de funerales efectuados para el padre del contribuyente, si aquél obtuvo en ese ejercicio ingresos por más de un salario mínimo elevado al año?

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Me desempeño como contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que presta servicios de asesoría legal corporativa conforme al régimen de las actividades empresariales y profesionales. En octubre de 2013, falleció el padre de mi cliente, por lo que tuvo que efectuar diversos gastos por funerales para aquél; esta última persona percibió en 2013 ingresos por salarios superiores a un salario mínimo elevado al año. Tengo entendido que dichos gastos pueden aplicarse en la declaración anual de 2013 como una deducción personal; sin embargo, escuché en un programa de radio que para que proceda la deducción el beneficiario no debió percibir durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Ignoro si esto es verdad.

Lector de Guadalajara, Jalisco

Pregunta

¿Pueden aplicarse como deducción personal en la declaración anual del ISR de 2013 de una persona física, los gastos de funerales efectuados para el padre del contribuyente, si aquél obtuvo en ese ejercicio ingresos por más de un salario mínimo elevado al año?

Respuesta

No, por lo siguiente:

El artículo 176, fracciones I, primer párrafo y II, de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, estipula lo siguiente (énfasis añadido):

176. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:

I. Los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta, siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

II. Los gastos de funerales en la parte en que no excedan del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, efectuados para las personas señaladas en la fracción que antecede....

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