Servicios Preventivos de Seguridad e Higiene en el Trabajo

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas472-472

ARTÍCULO 150.

Promoción de los servicios preventivos de seguridad e higiene

La Secretaría, los patrones y los trabajadores promoverán el desarrollo de servicios preventivos de seguridad e higiene en los centros de trabajo, atendiendo a la naturaleza y características de las actividades que se realicen y al número de trabajadores expuestos. Dichos servicios estarán bajo la supervisión de profesionistas calificados en esta disciplina.

ARTÍCULO 151.

Actividades relativas a los servicios preventivos de seguridad e higiene

Los servicios preventivos de seguridad e higiene en el trabajo a que se refiere el artículo anterior, desarrollarán las siguientes actividades:

I. Investigación de las condiciones de seguridad e higiene en el centro de trabajo;

II. Investigación de las causas productoras de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo;

III. Promoción del mejoramiento de las condiciones ambientales en los centros de trabajo;

IV. Desarrollo del programa de seguridad e higiene en el trabajo; y

V. Determinación de los agentes a que están expuestos los...

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