Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002

Fecha de disposición20 Agosto 2002
Fecha de publicación20 Agosto 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Untitled SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SEPTIMA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

SEPTIMA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2002

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 33 fracción l, inciso g) del Código Fiscal de la Federación, 14 fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 4o. fracción XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, el Servicio de Administración Tributaria resuelve:

Unico. Se adiciona el artículo Décimo Cuarto Bis Transitorio a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002 en vigor, para quedar de la siguiente manera:

Décimo Cuarto Bis. Los contribuyentes que de conformidad con lo dispuesto por la regla 2.9.17. de esta Resolución, estén inscritos en el Servicio de Presentación Electrónica de Declaraciones, podrán presentar las declaraciones de pagos mensuales, provisionales o definitivos, del ISR, IMPAC, IVA, IEPS, IVBSS o del impuesto sustitutivo del crédito al salario, correspondientes al mes de julio de 2002, a través del servicio mencionado y mediante el sistema de transferencia electrónica de fondos, o bien, conforme a lo dispuesto en el Capítulo 2.14. de esta Resolución.

Transitorio Artículos SEGUNDO a TERCERO

Unico. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 16 de agosto de 2002.- El Presidente del Servicio de Administración Tributaria, Rubén Aguirre Pangburn.- Rúbrica.

ACUERDO mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a Almacenadora Banorte, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, Grupo Financiero Banorte, por aumento de capital.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-1198.- 717.1/311222.

AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital.

Almacenadora Banorte, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Grupo Financiero Banorte Av. A No. 100 Fracc. Almacentro 66600, Apodaca, N.L.

Esa sociedad, con el objeto de dar cumplimiento al segundo párrafo del punto décimo del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar los almacenes generales de depósito, las arrendadoras financieras, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero y casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2001, remitió el primer testimonio de la escritura pública número 33,711 del 28 de diciembre de 2001, otorgada ante la fe del licenciado Primitivo Carranza Acosta, Notario Público suplente del licenciado Javier García Avila, titular de la Notaría Pública número 72, con ejercicio en la ciudad de Monterrey, N.L., misma que contiene la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de esa sociedad celebrada el 21 de diciembre de 2001, en la que acordaron el aumento a su capital fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado de $14 950,000.00 (catorce millones novecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) a la cantidad de $16 289,520.00 (dieciséis millones doscientos ochenta y nueve mil quinientos veinte pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto la cláusula sexta de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría, con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en el artículo 5o. de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

Se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada el 31 de enero de 1991, modificada el 19 de septiembre de 1991, 3 de julio de 1992, 4 de agosto de 1993, 29 de marzo de 1994, 4 de enero de 1995, 16 de marzo de 1998, 1 de junio de 1999, 31 de marzo de 2000 y 22 de mayo de 2001, que faculta a Almacenadora Banorte, S.A...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR