Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0047-2023), 2023

Número de expedienteSCM-JLI-0047-2023
Fecha19 Septiembre 2023
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

Expediente: SCM-JLI-47/2023

Parte actora:

ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

Demandado:

Instituto Nacional Electoral

MagistradO EN FUNCIONES:

L.E.R. CARRERA

SecretarioS:

M.C.M. Y NOE ESQUIVEL CALZADA

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Ciudad de México, a diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada reconoce la relación laboral entre las partes y ordena al Instituto Nacional Electoral el pago de algunas prestaciones reclamadas por la parte actora y le absuelve de otras.

ÍNDICE

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia

SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable

TERCERA. Procedencia

3.1. De la demanda

3.2. De la contestación

CUARTA. Acciones y pretensiones de la parte actora

QUINTA. Excepciones y defensas del demandado

SEXTA. Pruebas admitidas y desahogadas

SÉPTIMA. Estudio de fondo.

7.1. Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE

7.2. Inicio y continuidad de la relación laboral

7.3. Prestaciones relacionadas con el reconocimiento de la antigüedad de la relación laboral

7.4. Cuotas y aportaciones de seguridad social

7.5. Actualización de expediente SINAVID

7.6. Solicitud de la Hoja Única de Servicios

7.7. Prestaciones económicas

● “Despensa oficial”, “Apoyo para despensa” y “Ayuda para alimentos”.

● Prima quinquenal

● Tiempo extra

● D. prestaciones

OCTAVA. Efectos de la sentencia

RESUELVE

G L O S A R I O

COFIPE

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de mil novecientos noventa.

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral

FOVISSSTE

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

IFE

Instituto Federal Electoral

INE, Instituto o demandado

Instituto Nacional Electoral

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

Juicio Laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (as) del Instituto Nacional Electoral

Junta Local

Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley del

Trabajo

Ley Federal del Trabajo

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

LFTSE

Ley Federal de los Trabajadores(as) al Servicio del Estado

Manual

Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral[1]

Reglamento Interno

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SINAVID

Sistema Nacional de Afiliación y Vigencia de Derechos

SPEN

Servicio Profesional Electoral Nacional

Suprema Corte o SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

A N T E C E D E N T E S

I. Relación jurídica

1. Inicio. A decir de la parte actora, sostuvo una relación laboral con el Instituto demandado que comenzó desde el 16 (dieciséis) de agosto de 1996 (mil novecientos noventa y seis) en la que hasta el 15 (quince) de febrero del 2000 (dos mil) desempeñó diversos cargos dentro de la estructura del IFE, por virtud de contratos de honorarios en los que se simuló una relación civil.

Asimismo, de lo señalado en el escrito de contestación de demanda, se advierte que el INE asignó a la parte actora una plaza presupuestal el 16 (dieciséis) de febrero del 2000 (dos mil).

2. Relación jurídica actual. La parte actora refiere que, actualmente se desempeña como técnica de actualización al padrón adscrita en la Junta Local, cargo de naturaleza laboral.

II. Juicio Laboral

1. Demanda. El veinticuatro de julio de dos mil veintitrés, la parte actora presentó su demanda...

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