Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SM-JDC-0138-2023), 2023

Número de expedienteSM-JDC-0138-2023
Fecha27 Octubre 2023
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SM-JDC-138/2023

ACTORA: B.G.P.H.

RESPONSABLE: TRIBUNAL DE JUSTICIA ELECTORAL DEL ESTADO DE ZACATECAS

MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA VALLE AGUILASOCHO

SECRETARIA: KAREN ANDREA GIL ALONSO

Monterrey, Nuevo León, a veintisiete de octubre de dos mil veintitrés.

Sentencia definitiva que modifica la resolución dictada por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas en el expediente TRIJEZ-JDC-007/2023 por la que, entre otras cuestiones, declaró inexistente la violencia política y la violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la actora, por parte del Presidente, el S. y la Tesorera, todos, del ayuntamiento de Ojocaliente, ya que, por una parte: a) se desestiman los agravios vinculados con el pago de dietas extemporáneo, en tanto que corresponde al tribunal responsable verificar el correcto cumplimiento de su determinación; y, b) son ineficaces los planteamientos de la promovente por los que pretende perfeccionar lo señalado ante el tribunal local en cuanto a la supuesta invisibilización en una Comisión que preside; por otra parte, c) quedó acreditado que el tribunal responsable omitió atender a la metodología desarrollada por esta Sala Regional para el análisis de asuntos relacionados con la posible comisión de violencia política por razón de género.

ÍNDICE

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES DEL CASO

2. COMPETENCIA

3. PROCEDENCIA

4. ESTUDIO DE FONDO

4.1. Materia de la controversia

4.1.1. Origen

4.1.2. Resolución impugnada

4.1.3. Planteamiento ante esta Sala Regional

4.1.4. Cuestión a resolver

4.2. Decisión

4.3. Justificación de la decisión

4.3.1. Corresponde al Tribunal local verificar el correcto cumplimiento de sus determinaciones

4.3.2. Son ineficaces los agravios relacionados con la presunta invisibilización de la actora en el desempeño de sus funciones como presidenta de la Comisión de Hacienda y Vigilancia

4.3.3. Marco normativo para el análisis de la posible comisión de VP y VP

4.3.3.1. Distribución de competencia y vías para conocer la VPG

4.3.3.2. Tipificación de la VPG

4.3.3.3. Metodología de análisis para estudiar la vulneración a derechos político-electorales con elementos de VPG

4.3.3.4. Metodología de análisis para los estereotipos de género en el lenguaje

4.3.3.5. Deber de juzgar con perspectiva de género

4.3.3.6. El Tribunal Local omitió atender a la metodología desarrollada por esta Sala Regional para el análisis de asuntos relacionados con la posible comisión de VPG

5. EFECTOS

6. RESOLUTIVOS

GLOSARIO

Ayuntamiento:

Ayuntamiento de Ojocaliente, Zacatecas

Constitución General:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

LEGIPE:

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley de Acceso:

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Presidente Municipal:

D.L.M.P.M. del Ayuntamiento de Ojocaliente, Zacatecas

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SIMAPAO:

Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ojocaliente

Suprema Corte:

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal Local:

Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas

VP:

Violencia Política

VPG:

Violencia política contra las mujeres en razón de género

  1. ANTECEDENTES DEL CASO
    1. Juicio local [TRIJEZ-007/2023]. El treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés[1], la actora, en su calidad de síndica municipal de Ojocaliente, Zacatecas, promovió juicio ciudadano ante el Tribunal Local a fin de controvertir diversos actos y omisiones que, en su concepto, vulneraron su derecho político-electoral de ser votada en su vertiente de ejercicio del cargo, así como actos...

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