Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0264-2023), 2023
Número de expediente | SUP-JDC-0264-2023 |
Fecha | 09 Agosto 2023 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tribunal de Origen | JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-264/2023
PARTE ACTORA: K.J.M.R.
AUTORIDAD RESPONSABLE: JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: REYES R.M.
SECRETARIOS: J.G.C.G.Y.J.A. MONTES DE OCA SÁNCHEZ
COLABORÓ: ELIZABETH VÁZQUEZ LEYVA |
Ciudad de México, a nueve de agosto de dos mil veintitrés
Esta decisión se sustenta en que la autoridad responsable sí analizó y atendió los agravios, a partir de una debida fundamentación y motivación, así como que el actor presenta una reiteración de los agravios presentados en su recurso de inconformidad, sin combatir frontalmente los razonamientos de la autoridad responsable.
ÍNDICE
1. ASPECTOS GENERALES
2. ANTECEDENTES
3. COMPETENCIA
4. PROCEDENCIA
5. ESTUDIO DE FONDO
6. RESOLUTIVO
Glosario
Concurso Público 2022-2023: |
Concurso Público 2022-2023 de ingreso para ocupar plazas vacantes en cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales |
Constitución general: |
|
Convocatoria: |
Convocatoria al Concurso Público 2022-2023 |
DESPEN: |
Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional |
Estatuto: |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del personal de la Rama Administrativa aprobado mediante acuerdo INE/CG162/2020 y sus reformas y adhesiones emitidos mediante los diversos acuerdos INE/CG691/2020 e INE/CG23/2022 |
Guía de entrevista: |
Guía para las personas integrantes de los paneles de entrevista del Concurso Público 2022-2023 |
Junta General: |
Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral |
INE: |
Instituto Nacional Electoral |
Ley Orgánica: |
|
Ley de Medios: |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Lineamientos: |
Lineamientos del Concurso Público para el ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales |
OPLE/Institutos locales: |
Organismos Públicos Locales Electorales |
- La presente controversia se suscita en el marco del Concurso Público 2022-2023, en la cual el actor se presentó como aspirante para el cargo de técnico de lo contencioso electoral de Chihuahua. Durante el proceso, en la etapa de la entrevista, el actor recibió una calificación no aprobatoria, por lo que no continuó en el Concurso Público 2022-2023.
- A partir de ello, el actor presentó un recurso de inconformidad en contra de los resultados finales. La Junta General, al conocer de su recurso de inconformidad y de otros, confirmó las calificaciones de las personas aspirantes del Concurso Público 2022-2023. Contra dicha resolución, el actor presenta un juicio de la ciudadanía, pues estima que la autoridad responsable actuó indebidamente y fue omisa en atender sus agravios. En consecuencia, esta Sala Superior debe determinar si la actuación de la Junta General fue indebida o no.
- 2.1. Convocatoria del Concurso Público 2022-2023 (Acuerdo INE/JGE190/2022). El veintiocho de septiembre de dos mil veintidós, la Junta General aprobó la Convocatoria del Concurso Público 2022-2023.
- 2.2. Resultados finales. El siete de marzo de dos mil veintitrés[1], la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional publicó en la página de internet del INE los listados de las calificaciones finales de las personas aspirantes al Concurso Público 2022-2023.
- 2.3. Recursos de inconformidad. Diversas personas aspirantes, de entre ellas el ahora actor, presentaron recursos de inconformidad en contra de los resultados finales del Concurso Público 2022-2023, los cuales fueron remitidos por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional a la Dirección Jurídica.
- En su oportunidad, la Dirección Jurídica radicó los escritos de inconformidad y ordenó dar vista a las personas terceras interesadas. En específico, el escrito del ahora actor fue radicado bajo el número INE/DJ/CPSPEN/RI/06/2023-OPLE. De manera posterior, fueron admitidos los recursos, se desahogaron las pruebas y se cerró la instrucción.
- 2.4. Resolución INE/JGE109/2023. El quince de junio, la Junta General confirmó las calificaciones de las personas aspirantes del Concurso Público 2022-2023.
- 2.5. Juicio de la ciudadanía. El cuatro de julio, el ahora actor presentó un escrito de demanda ante la Junta Local Ejecutiva en Chihuahua para impugnar la resolución del punto anterior.
- 2.6. Turno. Una vez recibido en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, el magistrado presidente ordenó integrar el expediente respectivo y lo turnó a la ponencia a su cargo, para los efectos previstos en el artículo 19 de la Ley de Medios. En su oportunidad, el magistrado instructor realizó los trámites correspondientes y se agregó la documentación.
- Esta Sala Superior es competente para conocer del presente juicio de la ciudadanía, ya que se controvierte un acuerdo de la Junta General, al ser un órgano central del INE, por el cual se confirmó las calificaciones de las personas aspirantes del Concurso Público 2022-2023.
- Lo anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 17, 41, párrafo tercero, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción V, de la Constitución general, 164, 166, fracción III, inciso c), 169, fracción I, inciso e) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y 79, párrafo 1, 80, párrafo 1,...
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