Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0031-2023), 2023

Número de expedienteSCM-JLI-0031-2023
Fecha06 Junio 2023
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

Expediente: SCM-JLI-31/2023

Parte actora:

J.L.R.p.

Demandado:

Instituto Nacional Electoral

MagistradO EN FUNCIONES:

L.E.R. CARRERA

SecretarioS:

M.C.M. Y NOE ESQUIVEL CALZADA

3

Ciudad de México, a seis de junio de dos mil veintitrés.

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada reconoce la relación laboral entre las partes y ordena al Instituto Nacional Electoral el pago de algunas prestaciones reclamadas por la parte actora y le absuelve de otras.

ÍNDICE

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia

SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable

TERCERA. Procedencia

3.1. De la demanda

3.2. De la contestación

CUARTA. Acciones y pretensiones de la parte actora.

QUINTA. Excepciones y defensas del demandado.

SEXTA. Pruebas admitidas y desahogadas

SÉPTIMA. Estudio de fondo.

7.1. Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE

7.2. Inicio y continuidad de la relación laboral

7.3. Prestaciones relacionadas con el reconocimiento de la antigüedad de la relación laboral

7.4. Cuotas y aportaciones de seguridad social

7.5. Prestaciones económicas

● “Despensa oficial”, “Apoyo para despensa” y “Ayuda para alimentos”.

● “Día de reyes”

● Vales de fin de año

● Prima quinquenal

● Tiempo extra

● Demás prestaciones

OCTAVA. Efectos de la sentencia

RESUELVE

G L O S A R I O

COFIPE

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de mil novecientos noventa.

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral

FOVISSSTE

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

IFE

Instituto Federal Electoral

INE, Instituto o demandado

Instituto Nacional Electoral

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

Juicio Laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (as) del Instituto Nacional Electoral

Junta Distrital

01 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley del Trabajo

Ley Federal del Trabajo

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

LFTSE

Ley Federal de los Trabajadores(as) al Servicio del Estado

Manual

Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral[1]

Reglamento Interno

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SPEN

Servicio Profesional Electoral Nacional

Suprema Corte o SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

A N T E C E D E N T E S

I. Relación jurídica

1. Inicio. A decir de la parte actora, el inicio de su relación con el Instituto demandado comenzó desde el 01 (primero) de septiembre de 1990 (mil novecientos noventa) al 15 (quince) de febrero del 2000 (dos mil), en diversas categorías dentro de la estructura del IFE.

Asimismo, de lo señalado en el escrito de contestación de demanda, se advierte que el INE asignó a la parte actora una plaza presupuestal hasta el 16 (dieciséis) de febrero del 2000 (dos mil).

2. Relación jurídica actual. La parte actora refiere que, actualmente se desempeña como V.S. adscrito en la Junta Distrital, cargo de naturaleza laboral.

II. Juicio Laboral

1. Demanda. El catorce de abril de dos mil veintitrés, la parte actora presentó su demanda ante esta Sala Regional para impugnar la falta del reconocimiento de la relación laboral por tiempo indeterminado, así como el pago de diversas prestaciones.

2. Turno. Con dicha demanda se formó el expediente SCM-JLI-31/2023 que fue turnado a la ponencia del magistrado en funciones L.E.R.C..

3. Admisión y emplazamiento. El diecinueve de abril siguiente, el magistrado instructor tuvo por recibido el expediente y ordenó remitir al INE copia digitalizada de la demanda y sus anexos para que la contestara de conformidad con los artículos 99 y 100 de la Ley de Medios.

4. Contestación de demanda y cita a audiencia. El cuatro de mayo de este año, se tuvo al INE contestando la demanda, ofreciendo pruebas y oponiendo las excepciones y defensas, fijándose fecha para celebrar la audiencia prevista en el artículo 101 de la Ley de Medios.

5. Audiencia. El veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés, se llevó a cabo la audiencia de este juicio, por...

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