Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0039-2023), 2023
Número de expediente | SCM-JDC-0039-2023 |
Fecha | 20 Julio 2023 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
Tribunal de Origen | TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y PERSONAS CIUDADANAS)
Expediente: SCM-JDC-39/2023
Parte Actora:
N-1 ELIMINADO
PARTE TERCERA INTERESADA:
yasmIn N.F.H.
Autoridad Responsable:
Tribunal Electoral del Estado de Puebla
Magistrada:
M.G.S.R.
SecretariO:
O.E.A.B.
colaboró:
J.G. ramírez garcía
Ciudad de México, a 20 (veinte) de julio de 2023 (dos mil veintitrés)[1].
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en sesión pública, revoca la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla en el asunto especial TEEP-AE- N-1 ELIMINADO/2021 en que declaró la existencia de violencia política en contra de las mujeres en razón de género atribuida a la parte actora porque contrario a lo determinado, no cometió dicho tipo de violencia.
ÍNDICE
ÍNDICE
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Jurisdicción y competencia
SEGUNDA. Perspectiva de género
TERCERA. Parte tercera interesada
CUARTA. Requisitos de procedencia
QUINTA. Planteamiento del caso
5.1 Pretensión
5.2 Causa de pedir
5.3 Controversia
SEXTA. Estudio de fondo
6.1 Suplencia de la queja
6.2 Contexto
6.3 Síntesis de agravios
6.4 Metodología
6.5 Respuesta los agravios
6.5.1 Respuesta a los agravios en torno a la existencia de violencia económica y la atribución de su responsabilidad a la parte actora
6.5.2 Respuesta a los agravios sobre sobre la existencia de la violencia psicológica y simbólica
RESUELVE
GLOSARIO
Ayuntamiento de Puebla, Puebla |
|
CEDAW |
Acrónimo -por sus siglas en inglés- de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer [Convention on the Elimination of all forms of Discrimination Against Women] |
Código Local |
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla |
Consejería Jurídica |
Persona titular de la Dirección de la Coordinación Ejecutiva de la Consejería jurídica del ayuntamiento de Puebla, Puebla |
Coordinación de Presidencia |
Coordinación Ejecutiva de la Presidencia del ayuntamiento de Puebla, Puebla |
IEEP o Instituto Local |
Instituto Electoral del Estado de Puebla |
INE |
Instituto Nacional Electoral |
Juicio de la Ciudadanía |
Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y personas ciudadanas) |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Manual de Organización |
Manual de Organización de la Oficina de la Presidencia y S.[2] |
PES |
Procedimiento especial sancionador |
Oficina de Presidencia |
Oficina de la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Puebla, Puebla |
Presidencia Municipal |
Presidencia municipal del ayuntamiento de Puebla, Puebla |
Protocolo |
Protocolo para juzgar con perspectiva de género emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación[3] |
Proyectos Estratégicos |
El área de Proyectos Estratégicos de la presidencia municipal del ayuntamiento de Puebla, Puebla |
Registro Local |
Registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género o por su delito equivalente, o por los delitos de violencia familiar o por incumplimiento de la obligación alimentaria |
Registro Nacional |
Registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género |
Suprema Corte |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
Tribunal Local |
Tribunal Electoral del Estado de Puebla |
Unidad de Análisis |
Unidad Especializada de Análisis de los Procedimientos Especiales Sancionadores del Tribunal Electoral del Estado de Puebla |
ANTECEDENTES
1. PES y primera resolución del Tribunal Local
1.1 Primera denuncia. El 9 (nueve) de septiembre de 2020 (dos mil veinte), una ciudadana [la ahora tercera interesada] presentó una queja ante el IEEP por supuestos actos de violencia política contra las mujeres por razón de género en su contra realizados por la entonces N-1 ELIMINADO (ahora parte actora) y la persona titular de la Secretaría de Gobernación del Ayuntamiento[4]; denuncia con la que se integró el expediente SE/PES/YNFH/ N-1 ELIMINADO/2020.
1.2 Segunda denuncia. El 3 (tres) y 10 (diez) de noviembre de 2020 (dos mil veinte), la misma persona presentó 2 (dos) escritos[5] más, por lo que el IEEP creó un nuevo expediente al que asignó la clave SE/PES/YNFH/ N-1 ELIMINADO/2020 que eventualmente fue acumulada a la otra.
1.3 Primera remisión al Tribunal Local. El 7 (siete) de octubre del 2021 (dos mil veintiuno), con las constancias recibidas el Tribunal Local integró el expediente
TEEP-AE- N-1 ELIMINADO/2021[6] y lo turnó a la Unidad de Análisis que determinó [10 (diez) de noviembre siguiente][7] que el expediente no se encontraba debidamente integrado y devolvió las constancias al IEEP[8].
1.4 Nueva instrucción en el IEEP. Una vez realizadas las diligencias faltantes -según lo referido en el párrafo anterior-, así como la audiencia de pruebas y alegatos[9], el Instituto Local integró el dictamen correspondiente y el 7 (siete) de diciembre de 2021...
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