Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0008-2023), 2023
Número de expediente | SCM-JLI-0008-2023 |
Fecha | 07 Marzo 2023 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES (Y PERSONAS SERVIDORAS) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
PERLA B.B.A.
COLABORÓ:
JOSUÉ GERARDO RAMÍREZ GARCÍA
Ciudad de México, a 7 (siete) de marzo de 2023 (dos mil veintitrés)[1].
La S.R. del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, en sesión privada, reconoce la existencia de la relación laboral entre la parte actora al Instituto Nacional Electoral, le absuelve de reinstalarle y del pago de algunas prestaciones, pero le condena al pago de otras.
INDÍCE
GLOSARIO
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Jurisdicción y competencia.
SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable
TERCERA. Requisitos de la demanda.
CUARTA. Acciones y pretensiones de la parte actora.
QUINTA. Excepciones y defensas del demandado. El INE opuso las siguientes excepciones:
SEXTA. Pruebas admitidas y desahogadas
SÉPTIMA. Determinación de la controversia y estudio de fondo
7.1 Controversia
7.2 Naturaleza de la relación jurídica entre la parte actora y el INE
7.3 Temporalidad y continuidad de la relación laboral
7.4 Terminación de la relación laboral
7.5 Estudio de las prestaciones reclamadas
7.5.1 Cuotas y aportaciones de seguridad social
7.5.2.1 Prestaciones establecidas en el Manual para el personal de plaza presupuestal
7.5.2.2 Vacaciones y prima vacacional
7.5.2.3 A.
7.5.2.4 Horas extras
OCTAVA. Efectos de la sentencia
RESUELVE
Comprobante Fiscal Digital por Internet |
|
DERFE |
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) |
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral |
FOVISSSTE |
Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores (y Personas Trabajadoras) del Estado |
IFE |
Instituto Federal Electoral |
INE o demandado |
Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores (y Personas Trabajadoras) del Estado |
Juicio Laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y personas servidoras) del Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital |
01 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Morelos |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral que según el artículo Sexto transitorio del decreto de 2 (dos) de marzo que promulgó la nueva ley, la abrogada sigue regulando los medios de impugnación que estaban en trámite al momento de su entrada en vigor, como lo es este -. |
LFTSE |
Ley Federal de los Trabajadores (y Personas Trabajadoras) al Servicio del Estado |
Ley Electoral |
|
MAC |
M. de Atención Ciudadana número 170151 |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral[2] |
POET o Persona Operadora |
Persona Operadora de Equipo Tecnológico |
Registro Federal Electoral |
Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
SIIRFE |
Sistema Integral de Información del Registro Federal de Electores (y Personas Electoras) |
SINAVID |
Sistema Nacional de Afiliación y Vigencia de Derechos de la Subdirección de Afiliación y Vigencia de Derechos de la Dirección Normativa de Inversiones y Recaudación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Personas Trabajadoras) del Estado |
SPEN |
Servicio Profesional Electoral Nacional |
Suprema Corte |
Suprema Corte de Justicia de la Nación |
1. Relación jurídica
1.1. Inicio. La parte actora señala que comenzó a prestar sus servicios para el INE, a partir del 1° (primero) de abril de 2011 (dos mil once) como persona visitadora domiciliaria, posteriormente le fueron asignadas las categorías de auxiliar de atención ciudadana, persona digitalizadora de medios de identificación y finalmente persona operadora con adscripción en la Junta Distrital y trabajando físicamente en el MAC.
1.2. Terminación. La parte actora señala que el 6 (seis) de enero -ante distintas personas- fue despedido por la persona titular de la Vocalía del Registro Federal Electoral de la Junta Distrital, en las instalaciones de la misma, quien le manifestó:
“ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable, te citamos aquí para informarte, por...
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