Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0009-2023), 2023

Número de expedienteSCM-JLI-0009-2023
Fecha14 Marzo 2023
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SCM-JLI-9/2023

ACTOR:

ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

DEMANDADO:

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO EN FUNCIONES:
L.E.R. CARRERA

SECRETARIA:

N.A.C.H.

COLABORÓ:

ÁNGELES N.B. REYES

Ciudad de México, catorce de marzo de dos mil veintitrés[1].

El Pleno de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha resuelve el expediente identificado en el rubro en el sentido de reconocer la relación laboral entre las partes, ordenar al Instituto Nacional Electoral la reinstalación y el pago de algunas prestaciones reclamadas por la parte actora y absolverlo de otras, con base en lo siguiente.

Í N D I C E

G L O S A R I O

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable.

TERCERA. Procedencia.

I. Escrito de demanda

II. Escrito de contestación

CUARTA. Contexto y controversia.

I....A. y pretensiones del actor

II. Excepciones y defensas.

QUINTA. Estudio de fondo.

I....P..

II. Marco probatorio.

III. Caso concreto.

1. Naturaleza de la relación jurídica entre las partes

2. Inicio y temporalidad de la relación laboral

3. Prestaciones relacionadas con el despido injustificado (reinstalación y salarios vencidos -caídos-)

4. Prestaciones relacionadas con el reconocimiento de la antigüedad de la relación laboral

5. Prestaciones económicas.

A. Prestaciones establecidas en el Manual para el personal de plaza presupuestal

B....V. y prima vacacional

C. Aguinaldo

D. Horas extras

SEXTA. Sentido de la sentencia y efectos.

R E S U E L V E

G L O S A R I O

Actor o promovente

ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

Audiencia

Audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Demandado, INE o Instituto

Instituto Nacional Electoral

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral

FOVISSSTE

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y las Trabajadoras) del Estado

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Trabajadoras) del Estado

Juicio laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y personas servidoras) del Instituto Nacional Electoral

Junta Distrital

03 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México

Ley burocrática

Ley Federal de (las y) los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral aplicable[2]

Ley del Trabajo

Ley Federal del Trabajo

Ley electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales[3]

Manual

Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral

Operador

Operador de Equipo Tecnológico

Suprema Corte

Suprema Corte de Justicia de la Nación

De los hechos narrados por las partes y de las constancias que obran en el expediente, esta Sala Regional advierte lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

I. Relación jurídica.

El actor afirma que inició su relación con el Instituto demandado a partir del uno de enero de dos mil veinte, laborando físicamente en el Módulo de Atención Ciudadana 090351 como Operador de manera continua e ininterrumpida hasta el tres de enero.

II. Juicio laboral.

1. Demanda. El veintitrés de enero, el actor presentó ante esta Sala Regional demanda de juicio laboral contra el INE a fin de demandar el despido injustificado del que afirma fue objeto “...el día 3 de enero de 2023 por parte del Vocal del Registro Federal de Electores (sic) la 03 Junta Distrital Ejecutiva del INE en la Ciudad de México...”.

2. Turno y radicación. Con dicha demanda, en su oportunidad, se formó el expediente SCM-JLI-9/2023 que fue turnado a la ponencia del magistrado en funciones L.E.R.C. el veintitrés de enero.

3. Radicación, admisión y emplazamiento al demandado. El veinticinco de enero se radicó y admitió el juicio laboral en que se actúa, asimismo se acordó emplazar a juicio al INE, quien contestó la demanda el nueve de febrero siguiente.

4. Fijación de fecha para la celebración de la Audiencia. El catorce de febrero se ordenó dar vista al actor con la contestación de la demanda remitida por el Instituto y se fijó el tres de marzo a las nueve horas con treinta minutos como fecha para llevar a cabo la Audiencia por...

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