Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0016-2023), 2023
Número de expediente | SCM-JLI-0016-2023 |
Fecha | 22 Marzo 2023 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México) |
Tribunal de Origen | INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES (Y SERVIDORAS) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
EXPEDIENTE: SCM-JLI-16/2023
PARTE ACTORA: C.L.D.
DEMANDADO: INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS CEBALLOS DAZA
SECRETARIADO: G.A.M.L......Y.H.R. ESTRADA
Ciudad de México, a veintidós de marzo de dos mil veintitrés.
GLOSARIO
Cinthya Lonngi Delgado |
|
CFDI |
Comprobante Fiscal Digital por Internet |
Estatuto |
Estatuto del Servicio Profesional Electoral y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral |
FOVISSSTE |
Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y las Trabajadoras) del Estado |
IFE |
Instituto Federal Electoral |
Instituto, instituto demandado o INE |
Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE |
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y las Trabajadoras) al Servicio del Estado |
Juicio laboral |
Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de (las y) los servidores del Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital |
01 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral con sede en la Ciudad de México. |
Ley de Medios |
Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral[1] |
Ley Electoral o LGIPE
|
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales [2] |
Manual |
Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral[3] |
Registro Federal o RFE |
Registro Federal de Electores (y personas electoras) |
Reglamento |
Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Regional |
Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal. |
Sala Superior |
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
Índice
ANTECEDENTES
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Competencia y Jurisdicción.
SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable.
TERCERA. Causal de improcedencia hecha valer por el INE.
CUARTA. Requisitos de la demanda y contestación
QUINTA. Pretensión de la actora.
SEXTA. Excepciones y defensas del INE.
SÉPTIMA. Pruebas admitidas y desahogadas.
OCTAVA. Estudio de fondo.
NOVENA. Efectos de la sentencia
RESUELVE
ANTECEDENTES
I. Relación jurídica entre las partes.
- Inicio. La actora afirma que el inicio de su relación con el Instituto demandado data del primero de septiembre de mil novecientos noventa y dos, desempeñándose como Instructora de Capacitación.
- Vocalía del Registro Federal de Electores (y personas electoras). La parte actora señala que actualmente desempeña funciones como Vocal del Registro Federal en la Junta Distrital 01 del INE en la Ciudad de México.
- Solicitud de constancia de servicios. La promovente manifiesta que presentó solicitud de diversas constancias de trabajo, mismas que a la fecha no le ha sido entregadas.
a) La falta de reconocimiento como trabajadora del INE del primero de septiembre de mil novecientos noventa y dos al treinta y uno de enero de dos mil.
b) Pago de cuotas y aportaciones al ISSSTE que no se hubieren realizado.
c) El pago de tiempo extraordinario.
d) El pago de incentivo por años de servicio.
e) El pago de la prestación del quinquenio a que tiene derecho.
2. Turno. Por acuerdo dictado el diez de febrero del presente año, la Magistrada Presidenta de esta Sala Regional ordenó integrar el expediente SCM-JLI-16/2023 y turnarlo a la Ponencia a cargo del Magistrado J.L.C.D..
3. Recepción en ponencia, admisión y emplazamiento. Mediante proveído de trece de febrero del presente año, el Magistrado Instructor tuvo por recibido el expediente del juicio al rubro indicado en la ponencia a su cargo, admitió la demanda y se ordenó emplazar a juicio al Instituto demandado.
4. Contestación, vista y citación para Audiencia de ley. El INE contestó la demanda enderezada en su contra y, mediante proveído del primero de marzo del presente año, el Magistrado instructor ordenó dar vista a la parte actora con dicho ocurso a efecto de que manifestara lo que a su interés conviniera, al tiempo en que se citó a las partes para la Audiencia de ley bajo la modalidad de videoconferencia.
5. Audiencia. El dieciséis de marzo del presente año, se llevó a cabo la audiencia de ley y una vez que no quedaron diligencias ni pruebas pendientes de ser desahogadas, se tuvieron por vertidos los alegatos de las partes y se declaró cerrada la instrucción, quedando el expediente en estado de resolución.
RAZONES Y FUNDAMENTOS
PRIMERA. Competencia y Jurisdicción.
Esta Sala Regional ejerce jurisdicción y tiene competencia para conocer y resolver esta controversia, al tratarse de un juicio laboral entre el INE y la actora, quien lo promovió para reclamar principalmente la falta de reconocimiento de su relación laboral desde el primero de septiembre de mil novecientos noventa y dos al treinta y uno de enero de dos mil, así como para reclamar el pago de diversas prestaciones derivadas de su relación con el Instituto demandado.
Hipótesis normativa competencia de esta autoridad jurisdiccional y entidad que se ubica dentro de la circunscripción donde ejerce jurisdicción.
Lo anterior, con fundamento en:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 99, párrafo cuarto, fracción VII.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículos 166,...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba