Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0057-2023), 2023

Número de expedienteSCM-JDC-0057-2023
Fecha13 Abril 2023
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO (Y PERSONAS CIUDADANAS)

EXPEDIENTES: SCM-JDC-57/2023 Y SCM-JDC-58/2023 ACUMULADOS

PARTE ACTORA:

H.F.H. BRAVO Y F.A.E.M.

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA

MAGISTRADA:

M.G.S. ROJAS

SECRETARIOS:

HIRAM NAVARRO LANDEROS Y OMAR ERNESTO ANDUJO BITAR[1]

Ciudad de México, a 13 (trece) de abril de 2023 (dos mil veintitrés).

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública revoca parcialmente la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla en el asunto especial TEEP-AE-061/2022, en que solicitó al Instituto Electoral del Estado de Puebla y al Consejo General del Instituto Nacional Electoral registrar a la parte actora en el “Catálogo de Sujetos Sancionados por Violencia Política en contra de las Mujeres en razón de Género”, para los efectos precisados en esta sentencia.

Í N D I C E

GLOSARIO.................................................2

ANTECEDENTES...........................................4

RAZONES Y FUNDAMENTOS.................................7

PRIMERA. Jurisdicción y competencia……………………………………………………………..7

SEGUNDA. Acumulación………………………………………………..…………………….…………7

TERCERA. Análisis con perspectiva de género……………………………………………..….8

CUARTA. Requisitos de procedencia………………………………………………….………….

QUINTA. Planteamiento del caso………………………………………………………………….

5.1 Pretensión………………………………………………………………………………………….…..….12

5.2 Causa de pedir……………………………………………………………………………………………12

5.3 Controversia….……………………………………………………………………………………….….12

SEXTA. Estudio de fondo.......................................13

6.1 Cuestión previa............................................13

6.2. Análisis de los agravios.....................................13

SÉPTIMA. Efectos............................................41

R E S U E L V E...............................................43

G L O S A R I O

Autor de la Publicación

F.A.E.M., autor de la publicación denunciada en el periódico en línea “The Mixteca Times”

Consejo General del INE

Consejo General del Instituto Nacional Electoral

Constitución General

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Director del Periódico

H.F.H.B., director del periódico en línea “The Mixteca Times”

IEE o Instituto Local

Instituto Electoral del Estado de Puebla

Juicio de la Ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y personas ciudadanas)

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Lineamientos del IEE

Lineamientos para la operación del Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género o por su delito equivalente, o por los delitos de Violencia Familiar o por Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla mediante acuerdo CG/AC-051/2021[2]

Lineamientos del INE

Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género aprobados por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante acuerdo INE/CG296/2020 y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 22 (veintidós) de septiembre de 2020 (dos mil veinte)[3]

Parte Actora

Herlindo Fernando Hoyos Bravo y F.A.E.M.

PES

Procedimiento especial sancionador

Registro de VPMRG del IEE

Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género o por su delito equivalente, o por los delitos de Violencia Familiar o por Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, a cargo del Instituto Electoral del Estado de Puebla[4]

Registro de VPMRG del INE

Registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género a cargo del Instituto Nacional Electoral[5]

Registros de VPMRG

Los registros señalados en las 2 (dos) definiciones previas

Suprema Corte o SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de Puebla

VPMRG

Violencia política contra las mujeres por razón de género

A N T E C E D E N T E S

1. Denuncia por VPMRG

1.1. Presentación de la denuncia. El 19 (diecinueve) de abril de 2021 (dos mil veintiuno) se presentó una denuncia ante el IEE contra el Director del Periódico y quien resultara responsable, por presuntos actos de VPMRG, derivado de una publicación realizada en la red social Facebook en el perfil de dicho periódico.

1.2 Expediente SE/PES/ORP/120/2021. Por lo anterior, el IEE formó el PES SE/PES/ORP/120/2021, y en su oportunidad fue radicado, se formularon requerimientos y diligencias para mejor proveer con la finalidad de investigar los hechos motivo de denuncia; y, posteriormente, el Instituto Local admitió la denuncia, emplazó a los denunciados y llevó a cabo la audiencia de pruebas y alegatos, para su posterior remisión al Tribunal Local.

2. Procedimiento TEEP/AE/061/2022

2.1. Recepción y turno. El 11 (once) de octubre de 2022 (dos mil veintidós) se recibió el PES en el Tribunal Local con el que se integró el expediente TEEP-AE/061/2022.

2.2 Resolución local. El 17 (diecisiete) de noviembre de 2022 (dos mil veintidós) el Tribunal Local resolvió el asunto especial TEEP-AE/061/2022 declarando la existencia de la VPMRG atribuida a la Parte Actora y les amonestó públicamente-ordenándoles además acatar medidas de reparación, garantías de no repetición, medidas de sensibilización- y solicitó tanto al Instituto Local como al Consejo General del INE registrarlos en los Registros de VPMRG.

3. Primeros Juicios de la Ciudadanía

3.1. Demandas y turnos. Inconforme con la resolución señalada en el párrafo anterior, la Parte Actora presentó demandas con las que se integraron los Juicios de la Ciudadanía SCM-JDC-407/2022 y SCM-JDC-408/2022.

3.2. Primera...

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