Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0047-2022), 2022

Número de expedienteSCM-JLI-0047-2022
Fecha05 Octubre 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SCM-JLI-47/2022

PARTE ACTORA:

ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

DEMANDADO:

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO EN FUNCIONES:
L.E.R. CARRERA

SECRETARIOS: M.C.M. Y NOE ESQUIVEL CALZADA

Ciudad de México, a cinco de octubre de dos mil veintidós[1].

El Pleno de la S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha resuelve el expediente identificado en el rubro en el sentido de reconocer la relación laboral existente entre las partes, condenar al Instituto Nacional Electoral al pago de diversas prestaciones y absolverlo de otras prestaciones, con base en lo siguiente:

Í N D I C E

CUARTA. Procedencia.

QUINTA. Contexto y controversia.

II. Excepciones y defensas.

SEXTA. Pruebas admitidas y desahogadas.

SÉPTIMA. Estudio de fondo.

A....C. y aportaciones de seguridad social

B. Entrega de nombramiento y una constancia laboral

A....V. y prima vacacional

B....A..

C. “Despensa” y “Ayuda para alimentos”

D. Previsión social múltiple

E. Vales de fin de año

F. Prima quinquenal

OCTAVA. Sentido de la sentencia y efectos.

R E S U E L V E

G L O S A R I O

Actora o promovente

ELIMINADO. Fundamento Legal: Art. 116 de la LGTAIP. Datos personales que hacen a una persona física identificada o identificable

Audiencia

Audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Demandado, INE o Instituto

Instituto Nacional Electoral

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral

FOVISSSTE

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y las Trabajadoras) del Estado

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (y Trabajadoras) del Estado

Juicio laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores (y personas servidoras) del Instituto Nacional Electoral

Junta Distrital

04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México

Ley burocrática

Ley Federal de (las y) los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley del Trabajo

Ley Federal del Trabajo

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Manual

Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral

Módulo o MAC

Módulo de atención ciudadana número 090451

Suprema Corte

Suprema Corte de Justicia de la Nación

De los hechos narrados por las partes y de las constancias que obran en el expediente, esta S.R. advierte lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

I. Relación jurídica.

1. Inicio. La actora afirma que inició su relación con el Instituto demandado a partir del dieciséis de febrero de dos mil catorce, como Operadora en la Junta Distrital, laborando físicamente en el Módulo de Atención Ciudadana número 090451.

2. Relación jurídica actual. La promovente refiere que continúa desempeñando el cargo mencionado adscrita a la Junta Distrital, siendo sus funciones -entre otras- las relativas a la atención ciudadana, monitoreo y seguimiento en la operación del MAC.

II. Juicio laboral.

1. Demanda. El ocho de agosto, la actora -junto con otra persona- presentaron juicio laboral contra el INE a fin de demandar el reconocimiento de la relación laboral por tiempo indeterminado, así como el pago de diversas prestaciones.

2. Turno y radicación. Con dicha demanda se formó el expediente SCM-JLI-47/2022 que en la misma fecha fue turnado a la ponencia de del magistrado en funciones L.E.R.C., quien acordó radicar el señalado juicio en la ponencia a su cargo el diez de agosto siguiente.

3. Acuerdo de escisión. Mediante acuerdo plenario de doce de agosto se escindió la demanda con que se integró el juicio SCM-JLI-47/2022, ordenando que se integrara un nuevo juicio laboral a efecto de que el medio de impugnación de cada persona actora se conociera de manera individual.

4. Admisión y emplazamiento al demandado. El diecisiete de agosto admitió el juicio laboral en que se actúa, asimismo se acordó emplazar a juicio al INE, quien contestó la demanda el treinta y uno siguiente.

5. Fijación de fecha para la celebración de la Audiencia. El uno de septiembre se ordenó dar vista a la actora con la contestación de la demanda remitida por el Instituto y se fijó el veintitrés de septiembre a las nueve horas con treinta minutos como fecha para llevar a cabo la audiencia por videoconferencia.

6. Desarrollo de la audiencia y cierre de instrucción. En la fecha señalada inició la audiencia, desarrollándose las etapas correspondientes y una vez que no quedaron diligencias ni pruebas pendientes de ser desahogadas, se...

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