Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JLI-0082-2022), 2022

Número de expedienteSCM-JLI-0082-2022
Fecha13 Diciembre 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SCM-JLI-82/2022

PARTE ACTORA:

A.A.L.

DEMANDADO:

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO EN FUNCIONES:
L.E.R. CARRERA

SECRETARIOS: M.C.M. Y NOE ESQUIVEL CALZADA

Ciudad de México, a trece de diciembre de dos mil veintidós[1].

El Pleno de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada resuelve el expediente identificado en el rubro en el sentido de reconocer la relación laboral existente entre las partes, condenar al Instituto Nacional Electoral al pago de diversas prestaciones y absolverlo de otras prestaciones, con base en lo siguiente:

Í N D I C E

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDA. Régimen jurídico aplicable.

TERCERA. Procedencia.

I. Escrito de demanda

II. Escrito de contestación

CUARTA. Cuestiones previas.

I. Excepciones sobre la procedencia del juicio

QUINTA. Contexto y controversia.

I....A. y pretensiones de la parte actora

II. Excepciones y defensas.

SEXTA. Pruebas admitidas y desahogadas.

I. De la parte actora

II. Del Instituto demandado

SÉPTIMA. Estudio de fondo.

I. Controversia.

II. Caso concreto.

A. Naturaleza de la relación jurídica

B. Prestaciones relacionadas con el reconocimiento de la antigüedad

1. Cuotas y aportaciones de seguridad social.

2. Entrega de nombramiento.

3. Prestaciones económicas

4. Prestaciones establecidas en el Manual

5. Día de reyes, día de la niñez y día de la madre

6. Horas extras

OCTAVA. Efectos de la sentencia

R E S U E L V E :

G L O S A R I O

Actora o promovente

A.A.L.

Audiencia

Audiencia de conciliación, admisión y desahogo de pruebas y alegatos

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Demandado, INE o Instituto

Instituto Nacional Electoral

Estatuto

Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa del Instituto Nacional Electoral

FOVISSSTE

Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

ISSSTE

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores(as) del Estado

Juicio laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores(as) del Instituto Nacional Electoral

Junta Distrital

10 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México

Ley burocrática

Ley Federal de (las y) los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del apartado b) del artículo 123 constitucional

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley del Trabajo

Ley Federal del Trabajo

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Manual

Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral

Módulo o MAC

Módulo de atención ciudadana

SPEN

Servicio Profesional Electoral Nacional

Suprema Corte

Suprema Corte de Justicia de la Nación

De los hechos narrados por las partes y de las constancias que obran en el expediente, esta Sala Regional advierte lo siguiente:

A N T E C E D E N T E S

I. Relación jurídica.

1. Inicio. La parte actora afirma que inició su relación con el Instituto demandado a partir del primero de septiembre de dos mil catorce, como Operadora de equipo tecnológico en la Junta Distrital, laborando en el Módulo.

2. Relación jurídica actual. La promovente refiere que continúa desempeñando el cargo mencionado adscrito a la Junta Distrital, siendo sus funciones -entre otras- las relativas a la atención ciudadana, monitoreo y seguimiento en la operación del MAC.

II. Juicio laboral.

1. Demanda. El veinte de octubre, la parte actora presentaron juicio laboral contra el INE a fin de demandar el reconocimiento de la relación laboral por tiempo indeterminado, así como el pago de diversas prestaciones.

2. Turno. Con dicha demanda se formó el expediente SCM-JLI-82/2022 que fue turnado a la ponencia del magistrado en funciones L.E.R.C..

3. Radicación, admisión y emplazamiento al demandado. El veinticinco de octubre se radico y admitió el juicio laboral en que se actúa, asimismo se acordó emplazar a juicio al INE, quien contestó la demanda.

4. Fijación de fecha para la celebración de la Audiencia. Posteriormente, se ordenó dar vista a la parte actora con la contestación de la demanda remitida por el Instituto y se fijó el dos de diciembre a las nueve horas con treinta minutos como fecha para llevar a cabo la audiencia por videoconferencia.

5. Desarrollo de la audiencia y cierre de instrucción. En la fecha señalada inició la audiencia, desarrollándose las etapas correspondientes y una vez que no quedaron diligencias ni pruebas pendientes de ser desahogadas, se desahogó la etapa de alegatos y se declaró cerrada la instrucción, quedando el expediente.

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia.

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