Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0123-2022), 2022

Número de expedienteSCM-JDC-0123-2022
Fecha02 Junio 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTES: SCM-JDC-123/2022 y SU ACUMULADO SCM-JDC-124/2022

PARTE ACTORA: E.S.D. Y OTRA PERSONA

TERCEROS INTERESADOS: C.A.M.S. Y OTRA PERSONA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO

MAGISTRADO: JOSE LUIS CEBALLOS DAZA

SECRETARIADO: G.A.M.L......Y.H.R. ESTRADA

Ciudad de México, a dos de junio de dos mil veintidós.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, en sesión pública de esta fecha resuelve confirmar la resolución impugnada.

ÍNDICE

GLOSARIO

ANTECEDENTES

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERO. Jurisdicción y competencia

SEGUNDO. Acumulación

TERCERO. Tercero Interesado

CUARTO. Procedibilidad

QUINTO. Síntesis de Agravios.

SEXTO. Cuestión previa.

Marco jurídico y de interpretación de la normativa intrapartidaria

SÉPTIMO. Estudio de Fondo

I. ANÁLISIS EN TORNO A LOS AGRAVIOS DEL JUICIO DE LA CIUDADANÍA SCM-JDC-124/2022 2022 (con excepción del sintetizado en el inciso 4).

Tema 1. Valoración sobre la causal de nulidad de votación por haberse ejercido violencia o presión en el electorado del centro de votación de Zitlala, G.. ………………………………………………………………….

Tema 2. Valoración sobre la causal de nulidad de votación consistente en haberse instalado las mesas receptoras 05 y 07 del centro de votación del municipio de Acapulco, G. en un lugar distinto al determinado por el órgano intrapartidario. …………………………………………………..

Tema 3. Valoración sobre la causal de nulidad de votación consistente en haber impedido el derecho al voto de sin causa justificada en el Centro de votación de Acatepec, G.. ………………………………………….

II. ANÁLISIS EN TORNO A LOS AGRAVIOS DEL JUICIO DE LA CIUDADANÍA SCM-JDC-123/2022. …………………………………………...

Tema 4. Falta de análisis de la determinancia en la votación del municipio de Igualapa, G. al haberse reservado sesenta y ocho votos. ……

Tema 5. Falta de análisis de la solicitud de reconstrucción de la votación del centro de votación del municipio de Copalillo, G.. …………...

Tema 6. Violación al principio de imparcialidad por parte del Tribunal local en la emisión de la sentencia impugnada (SCM-JDC-124/2022).

R E S U E L V E

GLOSARIO

Acto impugnado, resolución impugnada, sentencia impugnada

Resolución recaída a los juicios locales en la que sustancialmente se restituyeron los resultados de la jornada electiva, dejando sin efectos el recuento en sede partidista y la nulidad de la elección decretada en esa instancia.

Actor, parte actora, promovente, demandante, recurrente

E.S.D. como actor del juicio SCM-JDC-123/2022, y J.A.G.C. como actor del diverso SCM-JDC-124/2022

Autoridad responsable o Tribunal local

Tribunal Electoral del Estado de Guerrero

Comisión de Justicia del PAN, instancia intrapartidista

Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional

Comisión Estatal Organizadora

Comisión Estatal Organizadora de la elección del Comité Directivo del Partido Acción Nacional en Guerrero

Constitución federal

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Juicio de la ciudadanía

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

Juicios locales

Juicios resueltos por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero de claves TEE/JEC/010/2022, TEE/JEC/011/2022 y TEE/JEC/012/2022 acumulados

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley electoral local

Ley número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado de Guerrero

PAN

Partido Acción Nacional

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación


ANTECEDENTES

De la narración de hechos que las personas accionantes hacen en sus demandas, así como de las constancias que obran en los expedientes, se advierte lo siguiente.

I. Proceso electoral partidista.

1. Jornada electoral. Con fecha veinticuatro de octubre de dos mil veintiuno, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir a la Presidencia, S. General y a las personas integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN en el estado de Guerrero.

2. Escrutinio y cómputo. El mismo veinticuatro de octubre de dos mil veintiuno, comenzó el escrutinio y cómputo de los centros de votación; los paquetes electorales computados, fueron remitidos a la Comisión Estatal Organizadora.

3. Cómputo estatal. El veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, en las instalaciones del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, la Comisión Estatal Organizadora llevó a cabo el cómputo estatal de las elecciones para elegir a la Presidencia, S. General y a las personas integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN en el estado de Guerrero, cuyos resultados fueron:

CANDIDATO

RESULTADOS

CON NÚMERO

CON LETRA

E.S. DÍAZ

1917

MIL NOVECIENTOS DIECISIETE

JULIO A.G.C.

1903

MIL NOVECIENTOS TRES

VOTOS NULOS

37

TREINTA Y SIETE

VOTACIÓN TOTAL

3857

TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE

4. Recuento de votación. Con fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno, se llevó a cabo el recuento total de los votos, al haberse actualizado el supuesto de que la diferencia entre el primero y segundo lugar de la elección fuera menor al uno por ciento de los votos, concluyendo el veintinueve del mes y año citados, y cuyos resultados fueron los siguientes:

CANDIDATO

RESULTADOS

CON NÚMERO

CON LETRA

E.S. DÍAZ

1955

MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO

JULIO ALBERTO GALARZA CASTRO

1857

MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE

VOTOS NULOS

44

CUARENTA Y CUATRO

VOTACIÓN TOTAL

3856

TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS

II. Juicios intrapartidistas de Inconformidad (CJ/JIN/328/2021 y CJ/JIN/329/2021).

1.Demandas. Con fecha dos de noviembre de dos mil veintiuno y veintiocho de octubre de dos mil veintiuno los ciudadanos J.A.G.C. y E.S.D., presentaron ante la Comisión de Justicia del PAN, sendos juicios de inconformidad para controvertir...

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