Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SCM-JDC-0263-2022), 2022

Número de expedienteSCM-JDC-0263-2022
Fecha04 Agosto 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tribunal de OrigenTRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTEs: SCM-jdc-263/2022 y acumulados

Parte ACTORa: R.S.H. Y OTRAS PERSONAS

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

PARTE TERCERA INTERESADA: A.S.S. Y OTRAS PERSONAS

MAGISTRADO EN FUNCIONES:

L.E.R. CARRERA

SECRETARIA:
N.A.C.H.

COLABORÓ:
ÁNGELES N.B. REYES

Ciudad de México, a cuatro de agosto de dos mil veintidós[1].

La S.R. Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha desecha parcialmente la demanda del juicio de clave SCM-JDC-278/2022 y confirma el acuerdo plenario emitido por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México en los juicios de clave TECDMX-JLDC-057/2022 a TECDMX-JLDC-061/2022 acumulados, de conformidad con lo siguiente.

Í N D I C E

G L O S A R I O

A N T E C E D E N T E S

R A Z O N E S Y F U N D A M E N T O S

PRIMERA. Jurisdicción y competencia.

SEGUNDA. Perspectiva intercultural.

TERCERA. Personas interesadas en comparecer como terceras interesadas.

CUARTA. Improcedencia.

QUINTA. Requisitos de procedencia.

SEXTA. Contexto de la controversia.

A....S. del acuerdo impugnado

B. Síntesis de agravios.

SÉPTIMA. Estudio de fondo.

A....M. normativo.

B. Contexto previo.

C. Caso concreto.

R E S U E L V E

G L O S A R I O

Acuerdo controvertido o acuerdo impugnado

Acuerdo plenario emitido por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México el veintiuno de junio, en los juicios TECDMX-JLDC-057/2022 y acumulados

Autoridad responsable o Tribunal local

Tribunal Electoral de la Ciudad de México

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Convocatoria

Convocatoria Pública para constituir el Sistema de Registro y Documentación de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México

COPACO

Comisiones de Participación Comunitaria

Instituto electoral

Instituto Electoral de la Ciudad de México

Juicio(s) de la ciudadanía

Juicio(s) para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y la ciudadana)

Juicio 150

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (y la ciudadana) de clave SCM-JDC-150/2021 del índice de esta S.R.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley de Pueblos

Ley de Derechos de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en la Ciudad de México

Parte actora[2]

R.S.H., R.R.P., M. de la S.M.R., L.G.R., A.O.L.G., M.I.P.V., M.d.C.S., H.S., M.d.C.C., Á.A.R.G., L.E.R.M., J.F.N.G., G.O.F., M. de la Paz F.S., K.E.G., M.G.S.G., F. de J.S.Z.L. y otras personas[3].

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Secretaría

Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México

Sistema de Registro

Sistema de Registro y Documentación de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México

A N T E C E D E N T E S

I. Ley de Pueblos. El veinte de diciembre de dos mil diecinueve, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Ley de Pueblos.

II. Convocatoria. El treinta de mayo, se publicó en la Gaceta Oficial de esta Ciudad la Convocatoria.

III. Juicios locales.

1. Demandas. El tres de junio, diversas personas quienes se ostentaron como habitantes y/o autoridades tradicionales de sus respectivas comunidades y pueblos, presentaron sendos juicios para controvertir, entre otras cuestiones, la omisión de someter a consulta de los pueblos y barrios originarios de esta Ciudad la Ley de Pueblos, así como la Convocatoria, ambos instrumentos por lo que respecta al Sistema de Registro; integrándose, en su oportunidad, con dichos escritos los juicios de clave TECDMX-JLDC-057/2022 a TECDMX-JLDC-061/2022 en el índice del Tribunal local.

2. Acuerdo impugnado. El veintiuno de junio, la autoridad responsable emitió el acuerdo controvertido en el que, esencialmente, acumuló los juicios aludidos y determinó que no era competente para conocer la controversia planteada en cada uno de ellos, al considerar que los motivos de disenso de las personas entonces accionantes no corresponden a la materia electoral ni son susceptibles de ser conocidos a través de los medios de impugnación de su competencia.

IV. Juicios de la ciudadanía.

1. Demandas, recepción e integración. Inconformes con lo anterior, el veintisiete, veintiocho y veintinueve de junio, respectivamente, quienes conforman la parte actora presentaron diversas demandas, por lo que, una vez recibidas en esta S.R., se integraron los juicios de la ciudadanía siguientes:

No

EXPEDIENTE

PARTE ACTORA

1.

SCM-JDC-263/2022

R.S.H. y otras personas

2.

SCM-JDC-264/2022

R.R.P. y otra persona

3.

SCM-JDC-265/2022

M. de la S.M.R. y otras personas

4.

SCM-JDC-267/2022

L.G.R. y otras personas

...

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