Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SRE-PSC-0084-2022), 2022

Número de expedienteSRE-PSC-0084-2022
Fecha26 Mayo 2022
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral
Tribunal de OrigenUNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSC-84/2022

PARTE DENUNCIANTE:

PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

PARTES INVOLUCRADAS:

MORENA Y OTRA

MAGISTRADO PONENTE:

L.E. MORALES

SECRETARIA:

C.E.S.E.

COLABORÓ:

DAVID ALEJANDRO ÁVALOS GUADARRAMA

Ciudad de México, a veintidós de junio de dos mil veintidós[1].

SENTENCIA de la Sala Especializada que determina la inexistencia de las infracciones consistentes en: i) uso indebido de la pauta en relación con el pasado proceso local electoral de Durango y ii) vulneración al principio de imparcialidad en el contexto de la revocación de mandato atribuidas al instituto político MORENA y al presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente, con motivo de la difusión los promocionales “CARTA A UN AMIGO MARINA[2]”, “CARTA A UN AMIGO MARINA JHHD[3]”, “CARTA A UN AMIGO MORENA[4]” y “CARATA A UN AMIGO MORENA[5]”.

Asimismo, determina que se actualiza la eficacia directa de la cosa juzgada respecto a la inexistencia de la vulneración al principio de imparcialidad en el proceso local electoral de Durango.

GLOSARIO

Autoridad instructora o UTCE

Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral

Comisión de Quejas

Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Dirección de Prerrogativas

Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral

INE

Instituto Nacional Electoral

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

M.V.R. o excandidata denunciada

M.V.R., excandidata por la coalición “Juntos[as] hacemos historia”

MORENA o partido denunciado

Instituto político MORENA

Promocionales denunciados

“CARTA A UN AMIGO MARINA”, con el folio RV00279-22 (televisión); “CARTA A UN AMIGO MARINA JHHD”, con el folio RA00348-22 (radio); “CARTA A UN AMIGO MORENA”, con el folio RV00344-22 (televisión); y, con el folio RA00349-22 (radio).

Presidente

A.M.L.O., presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos

PRI o partido denunciante

Partido Revolucionario Institucional

Sala Especializada

Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

SCJN

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Unidad Especializada

Unidad Especializada para la Integración de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores

ANTECEDENTES

I. Proceso de revocación de mandato

(1) a. Reforma constitucional[6]. El veinte de diciembre de dos mil diecinueve, se publicó el Decreto por el cual se adicionaron diversas disposiciones a la Constitución en materia de revocación de mandato.

(2) b. Proceso de revocación de mandato. El diez de noviembre de dos mil veintiuno, el Consejo General del INE emitió el acuerdo INE/CG1646/2021[7], en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Superior en el expediente SUP-RAP-415/2021 y acumulados, en el cual aprobó el calendario del proceso de revocación de mandato del presidente de la República electo para el periodo 2018-2024, en los siguientes términos:

ETAPAS DEL PROCESO DE REVOCACIÓN DE MANDATO

Aviso de intención

Recolección de apoyo de la ciudadanía

PERIODO RESTRINGIDO PARA DIFUNDIR PROPAGANDA GUBERNAMENTAL

Emisión de la Convocatoria

Jornada

1 al 15 de octubre de 2021

1 de noviembre al 25 de diciembre de 2021

4 de febrero de 2022

10 de abril de 2022

(3) c. Declaración de invalidez[8]. El veintisiete de abril, la Sala Superior declaró la conclusión del proceso revocatorio y la invalidez de este al no alcanzar el umbral del 40% de participación ciudadana.

II. Sustanciación del procedimiento especial sancionador

(4) a. Primera queja[9]. El siete de abril, el PRI denunció a MORENA y M.V.R. porque, en su consideración, con los promocionales denunciados se hizo uso de la investidura, logros y gestiones del presidente –al utilizar las palabras “A. y “primero los [y las] pobres”– para obtener ventaja en el proceso local electoral de Durango 2021-2022 así como en el proceso de revocación de mandato, por lo cual se vulneraron el uso de la pauta y las normas relativas al procedimiento de revocación de mandato al usar la pauta para promocionar al presidente.

(5) De igual manera, solicitó la instauración de medidas cautelares.

(6) b. Radicación, admisión y reserva. En la propia fecha, la autoridad instructora registró la queja con la clave de identificación UT/SCG/PE/PRI/CG/209/2022; la admitió a trámite, reservó el emplazamiento y ordenó que se realizaran mayores diligencias.

(7) c. Segunda queja[10], admisión y acumulación. El diez de abril, el PRI, presentó denuncia[11] en contra de MORENA y M.V.R. ya que, en su consideración, se hizo un uso indebido de la pauta derivado debido a que no se destinó para dar a conocer las propuestas de la excandidata denunciada, se hizo uso de la investidura y la imagen del presidente para vulnerar la equidad y la imparcialidad en la contienda electoral. Asimismo, señaló en su denuncia que también se actualizaba la violación al principio de imparcialidad de manera pasiva por parte del presidente[12].

(8) El trece siguiente se registró la denuncia con la clave UT/SCG/PE/PRI/OPLE/DGO/235/2022, se admitió y se acumuló al expediente con la clave UT/SCG/PE/PRI/CG/209/2022.

(9) d. Tercera queja[13]. El mismo día, el PRI presentó, ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Durango, una tercera queja en contra de MORENA y su excandidata a la gubernatura de Durango, ya que, en su opinión, los promocionales denunciados estaban destinados a realizar un llamado expreso a apoyar al presidente en el proceso de revocación de mandato, así como el uso de forma pasiva por parte del presidente en detrimento de la...

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